Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 94

Fecha del Boletín 
21-04-2016

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160421-120

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 29

120
Madrid número 29. Procedimieto 428 de 2015

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Elena Mónica de Celada Pérez, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 29 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 428 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Fermín Pulido Prada, frente al Fondo de Garantía Salarial y “Servicios Externos Olea Fernández, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:

Visto el anterior escrito, únase a los autos de su razón. Se tiene por interpuesto en tiempo y forma, por la representación de don Fermín Pulido Prada, recurso de reposición contra la diligencia de ordenación de fecha 16 de febrero de 2016. Dese traslado a las demás partes para que en el plazo de tres días lo impugnen y, una vez transcurrido este, dese cuenta para su resolución.

Respecto del escrito solicitando la nulidad, estese a la espera de la resolución del presente recurso de reposición.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Servicios Externos Olea Fernández, Sociedad Limitada”, y doña María del Carmen Fernández Muñoz, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 28 de marzo de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/11.883/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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