Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 94

Fecha del Boletín 
21-04-2016

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160421-46

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 25

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Madrid número 25. Procedimiento 1.095 de 2014

EDICTO

Don José Luis Peláez Díaz, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 25 de Madrid.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento de familia, guarda, custodia o alimentos de hijos menores no matrimoniales no consensuados número 1.095 de 2014, instados por don Mariano López Ramírez, en nombre y representación de doña Yamili Jiménez Ogando, contra don Juan Constanza Peña, en los que se ha dictado en fecha 18 de marzo de 2016 sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Que estimando parcialmente la demanda presentada por el procurador de los tribunales don Mariano López Ramírez, en nombre y representación de doña Yamili Jiménez Ogando, contra don Juan Constanza Peña, habiendo sido declarado en rebeldía, siendo parte el ministerio fiscal, establezco las siguientes medidas o efectos:

1.o La responsabilidad parental (patria potestad) se atribuye de forma exclusiva a la madre.

2.o Guarda y custodia: se atribuya la guarda y custodia del menor a la madre.

3.o Régimen de visitas: no procede fijar régimen de comunicaciones y estancias del menor con el padre en el presente procedimiento.

4.o No procede fijar pensión alimenticia a cargo de don Juan Constanza Peña en el presente procedimiento, sin perjuicio de que la parte actora una vez conozca los ingresos del mismo inste el correspondiente procedimiento.

5.o Los gastos extraordinarios serán sufragados por ambos progenitores al 50 por 100.

6.o No procede hacer condena en costas a ninguna de las partes implicadas en este procedimiento.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, ante este Juzgado, para su resolución por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil), previa constitución de un depósito de 50 euros en la cuenta número 2453/0000/39/1095/14 de este órgano.

Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en la cuenta número IBAN ES55/0049/3569/92/0005001274, indicando en el campo “Beneficiario” Juzgado de primera instancia número 25 de Madrid, y en el campo “Observaciones o concepto” se consignarán los dígitos 2453/0000/39/1095/14.

Así por esta mi sentencia, de la que se llevará certificación a los autos, lo pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado don Juan Constanza Peña, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Madrid, a 18 de marzo de 2016.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(03/11.784/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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