Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 94

Fecha del Boletín 
21-04-2016

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160421-52

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 70

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Madrid número 70. Procedimiento ordinario 1.908 de 2012

EDICTO

Doña Regina Pérez Sánchez, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 70.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 1.908 de 2012 instados por la procuradora doña Rosa María Martínez Virgili, en nombre y representación de “Aylesbury Company, Sociedad Limitada”, contra “Aliseda, Sociedad Anónima” y “Proyectos Inmobiliarios Élite, Sociedad Limitada”, en reclamación de 550.000 euros, en los que se ha dictado en fecha 23 de diciembre de 2015 sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Fallo

Que estimo la demanda formulada por la procuradora doña Rosa María Martínez Virgili, en nombre y representación de la mercantil “Aylesbury Company, Sociedad Limitada”, y contra la entidad “Proyectos Inmobiliarios Élite, Sociedad Limitada”, declaro que la actora ostenta un crédito vencido, líquido y exigible por importe de 550.000 euros frente a la codemandada, “Proyectos Inmobiliarios Élite, Sociedad Limitada” y condeno a “Proyectos Inmobiliarios Élite, Sociedad Limitada” a abonar a la actora la suma de 550.000 euros e intereses legales de la citada cantidad desde la fecha de interpelación judicial y costas.

Y desestimo la demanda formulada por la procuradora doña Rosa María Martínez Virgili, en nombre y representación de la mercantil “Aylesbury Company, Sociedad Limitada”, contra la entidad “Aliseda, Sociedad Anónima”, absolviendo a la parte demandada de todos los pedimentos contenidos en la demanda, con expresa condena en costas a la parte actora.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, ante este Juzgado, para su resolución por la Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil), previa constitución de un depósito de 50 euros, en la cuenta 2882-0000-00-1908-12 de este órgano.

Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando en el campo “Beneficiario” Juzgado de primera instancia número 70 de Madrid, y en el campo “Observaciones o concepto” se consignarán los siguientes dígitos 2882-0000-00-1908-12.

Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.—El magistrado-juez (firmado).

En atención al desconocimiento del actual domicilio de la demandada “Proyectos Inmobiliarios Élite, Sociedad Limitada” y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en lo Secretaría de este Tribunal.

En Madrid, a 5 de abril de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/13.026/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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