Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 94

Fecha del Boletín 
21-04-2016

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160421-45

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 20

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Madrid número 20. Procedimiento ordinario 1.393 de 2013

Don Manuel Cristóbal Zurdo, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 20 de Madrid.

Doy fe y testimonio: De que en el procedimiento ordinario número 1.393 de 2013, que se tramita en este Juzgado a instancias de la comunidad de propietarios de la calle Juan Álvarez Mendizábal, número 81, frente a doña María Martínez Pacual, se dictó resolución de fecha 14 de mayo de 2015, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia número 118 de 2015

Magistrada-juez: doña Blanca Rosa Bartolomé Collado.—En Madrid, a 14 de mayo de 2015.

Vistos por doña Blanca Rosa Bartolomé Collado, magistrada-juez titular del Juzgado de primera instancia número 20 de los de Madrid, los autos de juicio ordinario registrados con el número 1.393 de 2013, derivados de demanda presentada por la comunidad de propietarios de la calle Juan Álvarez Mendizábal, número 81, representada por la procuradora señora San Lorenzo Serna y bajo la dirección técnica del letrado señor Sánchez de las Matas Sánchez, contra doña María Martínez Pascual, declarada en situación legal de rebeldía procesal, se ha dictado, en nombre de Su Majestad el Rey, la presente resolución en base a los siguientes

Fallo

Que, estimando íntegramente la demanda presentada por la procuradora señora San Lorenzo Serna, en nombre y representación de la comunidad de propietarios de la calle Juan Álvarez Mendizábal, número 81, de Madrid, debo condenar y condeno a doña María Martínez Pascual a:

Que permita la entrada de la demandante en el inmueble de su propiedad, sito en la calle Juan Álvarez de Mendizábal, número 81, tercero interior.

Que autorice la realización en su domicilio de las obras necesarias para concluir las obras de seguridad del edificio conforme al requerimiento efectuado por la sección de disciplina urbanística del Ayuntamiento de Madrid, a raíz de la explosión producida en el interior de la vivienda el día 17 de noviembre de 2012.

Las costas de esta primera instancia se imponen a la demandada.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación, el cual habrá de interponerse en el plazo de veinte días desde la notificación de la misma ante este Juzgado y para ante la Audiencia Provincial.

Para ello será necesario consignar depósito de 50 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado, acreditándose el mismo adjuntando copia del resguardo de ingreso junto al escrito (Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, que añade a la Ley Orgánica del Poder Judicial la disposición adicional decimoquinta).

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

Leída y publicada fue la anterior sentencia por la ilustrísima señora juez que la suscribe, estando celebrando audiencia pública en el día de su fecha, doy fe.

Lo anteriormente inserto concuerda bien y fielmente con el original al que me remito, y para que conste, libro el presente.

En Madrid, a 4 de noviembre de 2015.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/11.957/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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