Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 89

Fecha del Boletín 
15-04-2016

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160415-131

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 13

131
Madrid número 13. Procedimiento 1.319 de 2015

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Isabel Tirado Gutiérrez, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 13 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.319 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Carlos Llorente Hernández, don Jaime Monterrubio García, don Jorge Herreros Damia, don José Alailton Vieira Gomes, don Juan José Jiménez Jiménez y don Mario Atanes Bernal, frente a “Bull España, Sociedad Anónima”, “Cobra Instalaciones y Servicios, Sociedad Anónima”, y “UTE RMS Bull Cobra”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 87 de 2016

En Madrid, a 18 de febrero de 2016.—Doña Patricia Navas Catalá, magistrada-juez de apoyo al magistrado-juez de adscripción territorial en funciones de refuerzo en el Juzgado de lo social número 13 de Madrid, ha visto los presentes autos de reclamación de cantidad número 1.319 de 2015, promovidos a instancias de don Carlos Llorente Hernández, don Mario Atanes Bernal, don Jorge Herreros Damia, don Jaime Monterrubio García, don Juan José Jiménez Jiménez y don José Alailton Vieira Gomes, defendidos por el letrado don Julio Vaz Perera, contra las empresas “Bull España, Sociedad Anónima”, que no comparece, y “Cobra Instalaciones y Servicios, Sociedad Anónima”, y “UTE RMS Bull Cobra”, representadas y defendidas por el letrado don Alberto Francisco Fernández de Blas, en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia.

Vistos los preceptos citados y demás de general y pertinente aplicación,

Fallo

Que debo desestimar y desestimo la demanda formulada por don Carlos Llorente Hernández, don Mario Atanes Bernal, don Jorge Herreros Damia, don Jaime Monterrubio García, don Juan José Jiménez Jiménez y don José Alailton Vieira Gomes, defendidos por el letrado don Julio Vaz Perera, contra las empresas “Bull España, Sociedad Anónima”, que no comparece, y “Cobra Instalaciones y Servicios, Sociedad Anónima”, y “UTE RMS Bull Cobra”, representadas y defendidas por el letrado don Alberto Francisco Fernández de Blas, y en consecuencia, debo absolver a las demandadas de cuantos pedimentos se deducen en su contra.

Se advierte a las partes que esta sentencia es firme y contra ella no cabe interponer recurso alguno.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Bull España, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 16 de marzo de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/11.256/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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