Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 89

Fecha del Boletín 
15-04-2016

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160415-99

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 4

99
Madrid número 4. Ejecución 69 de 2016

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Herrero Barrero, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 4 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 69 de 2016 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Florencio Antón Coco, frente a “Aida Consultores, Sociedad Anónima”, y “Consultoría y Software Financiero, Sociedad Limitada”, sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado la siguiente resolución:

Diligencia.—En Madrid, a 15 de marzo de 2016.

La extiendo yo, la letrada de la Administración de Justicia, para hacer constar que en fecha 11 de marzo de 2016 ha tenido entrada en este Juzgado escrito y copias presentado por don Florencio Antón Coco solicitando la ejecución de la sentencia por la que se condena a “Aida Consultores, Sociedad Anónima”, y “Consultoría y Software Financiero, Sociedad Limitada”, al pago de cantidad líquida; asimismo, hago constar que dicho título es firme. Paso a dar cuenta.—Doy fe.

Auto

En Madrid, a 15 de marzo de 2016.

Parte dispositiva:

Despachar orden general de ejecución de la sentencia a favor de la parte ejecutante don Florencio Antón Coco, frente a las demandadas “Aida Consultores, Sociedad Anónima”, y “Consultoría y Software Financiero, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por un principal de 40.814,50 euros, más 4.081,50 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución podrá deducirse oposición en los términos previstos en el artículo 239.4 de la Ley de la Jurisdicción Social, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario del régimen de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banco Santander”, número 2502/0000/64/0069/16.

Así por este su auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima magistrada-juez de lo social doña María Isabel Saiz Areses.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Aida Consultores, Sociedad Anónima”, y “Consultoría y Software Financiero, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 15 de marzo de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/11.277/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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