Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 89

Fecha del Boletín 
15-04-2016

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160415-98

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 4

98
Madrid número 4. Procedimiento 606 de 2015

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Herrero Barrero, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 4 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 606 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Juan Antonio Piquero Varas, frente a “Alquilara, Sociedad Limitada”, “Alquileres D’Reina, Sociedad Limitada”, “Alquileres Postigo, Sociedad Limitada”, “Comercial Lara Valle, Sociedad Limitada”, “Maquinarias de Lara, Sociedad Anónima”, “Minis HPS, Sociedad Limitada”, y Servicio Público Estatal de Empleo, sobre Seguridad Social, se ha dictado la siguiente resolución:

Decreto número 173 de 2016

En Madrid, a 17 de marzo de 2016.

Parte dispositiva:

Archivar la demanda presentada por don Juan Antonio Piquero Varas por no haber solicitado la reanudación del procedimiento dentro del plazo concedido.

Incorpórese el original al libro de decretos, dejando certificación del mismo en el procedimiento de su razón.

Una vez firme la presente resolución, archívense las actuaciones.

Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banco Santander”, IBAN ES55/0049/3569/92/0005001274, número 2502/0000/62/0606/15.

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Comercial Lara Valle, Sociedad Limitada”, “Alquileres Postigo, Sociedad Limitada”, “Maquinarias de Lara, Sociedad Anónima”, “Alquileres D’Reina, Sociedad Limitada”, “Alquilara, Sociedad Limitada”, y “Minis HPS, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 17 de marzo de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/11.276/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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