Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 87

Fecha del Boletín 
13-04-2016

Sección 3.10.20N: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160413-31

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE NAVALAFUENTE

RÉGIMEN ECONÓMICO

31
Navalafuente. Régimen económico. Presupuesto general 2015

De conformidad con los artículos 112.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local, y 169.3 del texto refundido de la Ley 2/2004, de 5 de marzo, Reguladora de las Haciendas Locales, y una vez devenido en definitivo el acuerdo aprobado por el Pleno de la Corporación, en sesión celebrada el día 4 de diciembre de 2014, al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición pública, se hace público en cumplimiento del artículo 169.3 del texto refundido 2/2004, el presupuesto general de la Entidad, año 2015, resumido por capítulos.





Plantilla aprobada junto al presupuesto general para el 2015

Personal funcionario:

— Escala de habilitación de carácter nacional:

• Secretario interventor: una plaza.

— Escala de administración general:

• Administrativo: una plaza.

Personal laboral:

— Auxiliar administrativo: dos plazas.

— Agente de Empleo y Desarrollo Local: dos plazas.

— Auxiliar de limpieza: cuatro plazas.

— Educadoras infantiles: dos plazas.

— Oficial de primera: cuatro plazas.

— Auxiliar de mantenimiento: una plaza.

— Monitor cultura: seis plazas.

— Monitor deportivo: una plaza.

— Jardineros: seis plazas.

— Peones: tres plazas.

Contra esta aprobación definitiva podrá interponerse recurso contencioso-administrativo según lo dispuesto en la citada Ley 2/2004, artículo 171, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación del anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Navalafuente, a 1 de abril de 2016.—El alcalde-presidente, Miguel Méndez Martiáñez.

(03/11.899/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20N: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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