Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 85

Fecha del Boletín 
11-04-2016

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160411-37

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

Pleno del Ayuntamiento

Secretaría General

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Madrid. Régimen económico. Pleno del Ayuntamiento. Modificación presupuestaria

Acuerdo del Pleno, de 8 de abril de 2016, por el que se aprueba la concesión de un suplemento de crédito por importe de 6.215.149,06 euros en el presupuesto del Ayuntamiento de Madrid (Coordinación General de la Alcaldía, Área de Gobierno de Cultura y Deportes y Distritos de Moncloa-Aravaca y San Blas-Canillejas).

El Pleno del Ayuntamiento, en sesión (7/2016), extraordinaria y urgente celebrada el día 8 de abril de 2016, adoptó el siguiente acuerdo:

«Aprobar la concesión de un suplemento de crédito por importe de 6.215.149,06 euros en el presupuesto del Ayuntamiento de Madrid, con el desglose y aplicación presupuestaria que se detalla:

— 1.745,84 euros, en la aplicación presupuestaria 001/012/462.00/227.00, “Limpieza y aseo”, del programa 462.00, “Innovación y Ciudad Inteligente”, del Ayuntamiento de Madrid para 2016.

— 6.208.006,71 euros, en la aplicación presupuestaria 001/098/341.02/226.99, “Otros gastos diversos”, del programa 341.02, “Coordinación y fomento del deporte”, del Ayuntamiento de Madrid para 2016.

— 1.539,25 euros, en la aplicación presupuestaria 001/209/334.01/227.99, “Otros trabajos realizados por otras empresas y profesionales”, del programa 334.01, “Actividades culturales”, del Ayuntamiento de Madrid para 2016.

— 3.857,26 euros, en la aplicación presupuestaria 001/221/231.03/227.99, “Otros trabajos realizados por otras empresas y profesionales”, del programa 231.03, “Personas mayores”, del Ayuntamiento de Madrid para 2016.

La financiación del citado suplemento de crédito se efectuará mediante la aplicación del remanente de Tesorería para gastos generales, obtenido de la liquidación del presupuesto del ejercicio 2015».

Lo que se hace público para general conocimiento, advirtiéndose de que dicho acuerdo agota la vía administrativa, pudiéndose interponer contra el mismo, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la presente publicación, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de cualquier otro que se estime oportuno.



Madrid, a 8 de abril de 2016.—El secretario general del Pleno, Federico Andrés López de la Riva Carrasco.

(03/12.873/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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