Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 85

Fecha del Boletín 
11-04-2016

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160411-171

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE CUENCA NÚMERO 1

171
Cuenca número 1. Demanda 137 de 2008

EDICTO

Don Pedro Fidel Lagunas Domínguez, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 1 de Cuenca.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 137 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Martínez Cano, don José Javier Lavara Olivares, don Miguel Ángel Ruiz Fernández y don José Ignacio Royuela Martínez, contra la empresa “Vigilancia Integrada, Sociedad Anónima”, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Decreto

Letrado de la Administración de Justicia, don Pedro Fidel Lagunas Domínguez.—En Cuenca, a 4 de diciembre de 2015.

Parte dispositiva:

Acuerdo: Tener por desistidos a don Miguel Ángel Ruiz Fernández, don José Ignacio Royuela Martínez, don José Javier Lavara Olivares y don José Martínez Cano de su demanda, y una vez firme esta resolución, se archivarán los autos.

Incorpórese el original al libro de decretos, dejando certificación del mismo en el procedimiento de su razón.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la Ley de la Jurisdicción Social, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados y, en su caso, los profesionales designados señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo, deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el tribunal.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “UTE Vigilancia Integrada, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Cuenca, a 5 de febrero de 2016.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(03/10.432/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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