Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 85

Fecha del Boletín 
11-04-2016

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160411-166

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE ALICANTE NÚMERO 1

166
Alicante número 1. Ejecución 2 de 2016

EDICTO

Don José Agustín Rifé Fernández-Ramos, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 1 de Alicante.

Hace saber: Que en la ejecución que se tramita ante este Juzgado de lo social bajo el número 2 de 2016, por cantidad, instada por don Víctor Uríos Carrasco y ......, contra “Terral Wind, Sociedad Limitada” (antes “Esabe Limpiezas Integrales, Sociedad Limitada”), se ha dictado decreto de fecha 10 de marzo de 2016, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

a) Declarar a la ejecutada “Terral Wind, Sociedad Limitada” (antes “Esabe Limpiezas Integrales, Sociedad Limitada”), en situación de insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional, sin perjuicio de continuar la ejecución cuando mejore de fortuna y pudieran hacerse efectivas en sus bienes las cantidades que por principal y costas está obligada a satisfacer, siendo la cantidad principal de 22.918,27 euros (correspondiendo a don Víctor Uríos Carrasco la cantidad de 1.797,40 euros, a doña Adela Bautista García 1.949,60 euros, a doña María Amparo Cabanes Ayala 2.026 euros, a doña María Dolores Cabanes Ayala 2.096 euros, a doña Josefa Marín Durán 1.146,02 euros, a doña María de las Mercedes Conejero Lareo 1.176,62 euros, a doña Libia Yeni Cerón Chávez 1.165,60 euros, a don Manuel Pascual Ruiz 1.310,51 euros, a doña Bibiana Hernández Ruiz 932,20 euros, a doña María del Rosario Ruiz Amorós 2.460 euros, a don José Antonio Martínez Serrano 1.085,46 euros, a doña María del Carmen López Jiménez 2.460 euros, a doña María de la Concepción Aldea Segura 1.217,41 euros y a doña María de los Ángeles García García la cantidad de 2.095,45 euros).

b) Hacer entrega de certificación a la parte ejecutante para que surta efectos ante el Fondo de Garantía Salarial, una vez sea firme la presente resolución.

c) Tener por cumplido el trámite de anotación registral establecido en el artículo 276.5 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, por constar que la parte ejecutada ha sido declarada insolvente provisional en la ejecución referida en el antecedente de hecho segundo del presente decreto.

d) Archivar las actuaciones, previa anotación en el libro correspondiente.

Modo de impugnación: contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta esta resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente (artículo 188.2 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social).

Y para que sirva de notificación en forma a “Terral Wind, Sociedad Limitada” (antes “Esabe Limpiezas Integrales, Sociedad Limitada”), cuyo paradero actual se desconoce y los últimos conocidos lo fueron en la calle Cronos, número 8, de Madrid, y calle Ricardo Ortiz, número14, bajo, de Madrid, expido el presente en Alicante, a 10 de marzo de 2016, para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(03/10.433/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160411-166