Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 83

Fecha del Boletín 
08-04-2016

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160408-61

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 2

61
Madrid número 2. Ejecución 198 de 2015

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Laura Carrión Gómez, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 2 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 198 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Gabriel García Santocinia y don Víctor Manuel López Sepúlveda, frente a “Electrónica de Sistemas de Alta Seguridad, Sociedad Anónima”, sobre ejecución forzosa del laudo arbitral, se ha dictado la siguiente resolución:

Decreto de 7 de marzo de 2016, cuya parte dispositiva literalmente dice:

En atención a lo expuesto, se acuerda:

a) Declarar a la ejecutada “Electrónica de Sistemas de Alta Seguridad, Sociedad Anónima”, en situación de insolvencia total por importe de 32.069,79 euros, insolvencia que se entenderá, a todos los efectos, como provisional.

b) Archivar las actuaciones previa anotación en el libro correspondiente de este Juzgado, y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de la ejecutada.

De conformidad con el artículo 276.5 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, la declaración firme la insolvencia de la ejecutada se hará constar en el registro correspondiente según la naturaleza de la entidad.

Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial advirtiéndose que contra la misma cabe interponer recurso de reposición ante este Juzgado dentro del plazo de tres días hábiles a contar desde su notificación. Y una ver firme, hágase entrega de certificación a la parte ejecutante, previa su solicitud, para que surta efectos ante el Fondo de Garantía Salarial.

Así, por este decreto, lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Electrónica de Sistemas de Alta Seguridad, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 7 de marzo de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/10.345/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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