Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 83

Fecha del Boletín 
08-04-2016

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160408-183

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE JAÉN NÚMERO 1

183
Jaén número 1. Procedimiento 203 de 2015

EDICTO

Doña María Asunción Saiz de Marco, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 1 de Jaén.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 203 de 2015, a instancias de la parte actora doña María del Mar Navidad León, contra “Nutsalud, Sociedad Anónima”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado sentencia de fecha 22 de febrero de 2016, cuyo fallo literal es el siguiente:

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por doña María del Mar Navidad León, contra la empresa “Nutsalud, Sociedad Anónima”, debo condenar y condeno a la empresa a pagar a la actora la cantidad de 2.871,28 euros, más el 10 por 100 de interés por mora.

Con absolución del Fondo de Garantía Salarial, sin perjuicio de la responsabilidad que pueda corresponderle de conformidad con lo dispuesto en el artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores.

Incorpórese la presente sentencia al libro correspondiente y líbrese testimonio de la misma para su constancia en autos y notifíquese la presente sentencia a las partes interesadas, advirtiéndoles que contra la misma no cabe recurso.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

Leída y publicada ha sido la anterior sentencia en el día de la fecha, cuando su señoría se encontraba celebrando audiencia pública en la Sala de este Juzgado, de todo lo cual yo, la letrada de la Administración de Justicia, doy fe.

Y para que sirva de notificación a la demandada “Nutsalud, Sociedad Anónima”, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el “Boletín Oficial de la Provincia de Jaén” y BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.

En Jaén, a 24 de febrero de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/10.236/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160408-183