Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 83

Fecha del Boletín 
08-04-2016

Sección 1.3.55.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160408-8

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, ADMINISTRACIÓN LOCAL Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO

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ORDEN 455/2016, de 31 de marzo, de la Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio, por la que se aprueba definitivamente la Modificación Puntual número 4 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Loeches, con ordenación pormenorizada, referida a la ordenación de la manzana en la que se localiza el Cuartel de la Guardia Civil.

I. La presente Orden tiene por objeto aprobar definitivamente la Modificación Puntual número 4 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Loeches, con ordenación pormenorizada, referida a la ordenación de la manzana en la que se localiza el cuartel de la Guardia Civil.

El ámbito está delimitado por las calles Mayor, Córdoba, Sevilla, Manteca y Avenida de San Lorenzo, con una extensión de 0,6470 hectáreas.

Se cambia el destino del solar actualmente ocupado por la Casa Cuartel de la Guardia Civil, pasando de uso dotacional público a residencial privado, y la modificación del carácter de la manzana adyacente, pasando de viviendas acogidas a algún régimen de protección pública, a viviendas libres.

La modificación propuesta se justifica por el inadecuado estado de conservación y limitada funcionalidad del edificio propiedad de Patrimonio del Estado, adscrito a la Guardia Civil. El edificio no reúne condiciones de habitabilidad suficientes, por lo que la Secretaría de Estado de Seguridad, ha decidido su sustitución, y el traslado de las instalaciones a una nueva Casa Cuartel que será construida en un solar ya obtenido por desarrollo del Sector S-1 de Suelo Urbanizable.

La eliminación de la protección de las viviendas de la manzana anexa se justifica por haber sido edificadas once de las catorce parcelas, como viviendas libres, antes de la aprobación de las Normas Subsidiarias. Como consecuencia, quedaron fuera de ordenación con la entrada en vigor del documento. Esta situación, compromete además la viabilidad de las edificaciones pendientes, por lo que se propone ahora revertir la situación.

En particular se modifican las siguientes determinaciones:

— Cambio de la calificación del solar ocupado por el cuartel de la Guardia Civil, pasando de ordenanza Zona 4 grado 1, dotaciones, equipamientos y servicios, integrante de la red general de equipamientos, a ordenanza Zona 1 residencial.

— Cambio de la calificación del resto de la manzana, pasando de Zona 2 grado 3.o para viviendas sometidas a algún régimen de protección pública, a ordenanza Zona 2, grado 2.o, para viviendas libres.

También se propone la modificación de la alineación del solar en su frente a la calle Mayor.

II. En relación al análisis y valoración de la Modificación Puntual propuesta, la Dirección General de Urbanismo, en sus informes técnico y jurídico, ambos de 18 de marzo de 2016, señala lo siguiente:

Se cumple con las limitaciones establecidas para una modificación puntual de planeamiento en la legislación urbanística vigente, artículo 68.1 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, pues no supone revisión de planeamiento al no haberse adoptado nuevos criterios que afecten al modelo de ordenación vigente, o la estructura general (urbanística) del término municipal. Además, en función del artículos 66.3 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, cabe admitir modificaciones puntuales a las Normas Subsidiarias, con los límites fijados en el artículo 68.1 de la misma Ley.

Asimismo, se justifica el cumplimiento de las condiciones establecidas en los puntos 1 y 3 del artículo 67 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, respecto a la documentación exigible.

Por otra parte, de acuerdo con lo establecido en los artículos 91.5 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, y en el artículo 37.1.a) del Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Suelo y Rehabilitación Urbana, la Modificación Puntual número 4, prevé la monetización de la red de nivel general en cuantía equivalente al valor de un solar, de superficie 982 m2s, al que atribuye la edificabilidad media y el uso mayoritario del ámbito espacial homogéneo en que está incluido.

III. En cuanto a la tramitación administrativa seguida, se han cumplimentado los trámites previstos en el artículo 57 y siguientes de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, que regula el procedimiento de aprobación de los Planes Generales y de sus Modificaciones y Revisiones en su fase municipal.

Constan en el expediente los informes de los siguientes organismos: Dirección General de Evaluación Ambiental, Dirección General de Aviación Civil, Dirección General de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información, Canal de Isabel II Gestión, Sociedad Anónima, Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de la Seguridad del Estado.

IV. La Comisión de Urbanismo de Madrid, en su sesión de 31 de marzo de 2016, aceptando la propuesta formulada por la Dirección General de Urbanismo el 18 de marzo de 2016, informó favorablemente la Modificación Puntual número 4 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Loeches, con ordenación pormenorizada, referida a la ordenación de la manzana en la que se localiza el cuartel de la Guardia Civil, con las condiciones señaladas en la citada propuesta de la Dirección General de Urbanismo.

V. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 61.2 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, corresponde al Consejero de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio aprobar definitivamente, previo informe de la Comisión de Urbanismo, las modificaciones de los Planes Generales y de los Planes de Sectorización de los municipios con población de derecho inferior a 15.000 habitantes, como en el presente caso.

VI. Conforme a lo dispuesto en los artículos 65 y 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, y a efectos de garantizar su publicidad, previo a la publicación de la presente Orden, se depositará un ejemplar del expediente en la Unidad de Información Urbanística de la Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio, sita en la calle Maudes, número 17, de Madrid, donde podrá ser consultado.

Una vez publicada la presente Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, corresponde al Ayuntamiento publicar en dicho diario oficial, el contenido íntegro de la parte del planeamiento que exija la legislación de régimen local, de acuerdo con el artículo 66.1.b) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, en relación con el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, como señala la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de 24 de abril de 2009.

En virtud de la fundamentación expuesta, previo informe de la Comisión de Urbanismo de Madrid, adoptado en la sesión celebrada el día 31 de marzo de 2016,

DISPONGO

Primero

Aprobar definitivamente la Modificación Puntual número 4 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Loeches, con ordenación pormenorizada, referida a la ordenación de la manzana en la que se localiza el cuartel de la Guardia Civil, con las condiciones señaladas en el informe de la Comisión de Urbanismo de Madrid de fecha 31 de marzo de 2016.

Segundo

Publicar la presente Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de acuerdo con lo previsto en el artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.

Madrid, a 31 de marzo de 2016.

El Consejero de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio, JAIME GONZÁLEZ TABOADA

(03/11.923/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.55.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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