Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 82

Fecha del Boletín 
07-04-2016

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160407-182

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÁLAGA NÚMERO 9

182
Málaga número 9. Ejecución 145 de 2015

EDICTO

Doña María Dolores Fernández de Liencres-Ruiz, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 9 de Málaga.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 145 de 2015, a instancias de la parte actora don Antonio Muñoz Pozo, contra “Aval Global Services, Sociedad Limitada”, sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado resolución.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,

Parte dispositiva:

Acuerdo: Declarar a la ejecutada “Aval Global Services, Sociedad Limitada”, en situación de insolvencia total por importe de 2.478,62 euros de principal, más 495,72 euros para intereses y costas. Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional. Remítase mandamiento al Registro Mercantil de Madrid. Archívese el presente procedimiento y dese de baja en los libros correspondientes.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente (artículo 188 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en el número de cuenta de este Juzgado, debiendo indicar en el campo “Concepto” la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria, deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta, deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase, indicando en el campo de “Observaciones” la fecha de la resolución recurrida, utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.

Y para que sirva de notificación a la demandada “Aval Global Services, Sociedad Limitada”, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.

En Málaga, a 7 de marzo de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/10.144/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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