Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 81

Fecha del Boletín 
06-04-2016

Sección 1.4.95.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160406-22

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE TRANSPORTES, VIVIENDA E INFRAESTRUCTURAS

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RESOLUCIÓN de 30 de marzo de 2016, del Secretario General Técnico de la Consejería de Transportes, Vivienda e Infraestructuras, acordando la apertura del trámite de información pública, audiencia y petición de informes del Proyecto de Decreto por el que se modifica parcialmente el Reglamento de Viajeros del Ferrocarril Metropolitano, aprobado por Decreto 49/1987, de 8 de mayo.

Las normas reguladoras del procedimiento de elaboración de disposiciones generales prevén que elaborado el proyecto de una disposición que afecte a los derechos e intereses legítimos de los ciudadanos, se les dará audiencia, con carácter previo a su aprobación, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 24.1.c) de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno.

Asimismo, el artículo 24.1.b) de la Ley 50/1997, señala que a lo largo del proceso de elaboración de los Reglamentos deberán recabarse cuantos estudios y consultas se estimen convenientes para garantizar el acierto y la legalidad del texto.

Habiéndose redactado el Proyecto de Decreto, por el que se modifica parcialmente el Reglamento de Viajeros del Ferrocarril Metropolitano, aprobado por Decreto 49/1987, de 8 de mayo, en cumplimiento de la disposición citada y haciendo uso de las competencias que esta Secretaría General Técnica tiene atribuidas,

RESUELVO

Primero

Someter al trámite de información pública por plazo de quince días hábiles, mediante la inserción del correspondiente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, el Proyecto de Decreto por el que se modifica parcialmente el Reglamento de Viajeros del Ferrocarril Metropolitano aprobado por Decreto 49/1987, de 8 de mayo.

Segundo

Solicitar informe que deberá evacuarse en el plazo de quince días hábiles, a los siguientes órganos:

— Dirección General de Agricultura y Ganadería. Área de Protección Animal. Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio.

— Dirección General de Atención a Personas con Discapacidad. Consejería de Políticas Sociales y Familia.

— Dirección General de Salud Pública. Consejería de Sanidad.

Tercero

Otorgar trámite de audiencia por idéntico plazo de quince días hábiles al Consejo de Protección y Bienestar Animal y al Consejo Asesor de Personas con Discapacidad.

Lo que se hace público para general conocimiento, significándose que, de conformidad con la normativa vigente, el referido expediente podrá ser examinado durante el plazo indicado en el Área de Asuntos Generales de la Consejería de Transportes, Vivienda e Infraestructuras, sita en la calle Maudes, número 17, de Madrid, de lunes a viernes, de nueve a catorce horas, desde el día siguiente a la publicación de la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y hasta el día en que termine el plazo de información pública.

Durante el expresado trámite de información pública, cuantas personas se consideren afectadas por dicho Estudio podrán formular alegaciones mediante escrito dirigido al excelentísimo señor Consejero de Transportes, Vivienda e Infraestructuras.

Madrid, a 30 de marzo de 2016.—El Secretario General Técnico, Jesús Mora de la Cruz.

(03/11.793/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.95.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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