Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 79

Fecha del Boletín 
04-04-2016

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160404-144

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE HUELVA NÚMERO 1

144
Huelva número 1. Ejecución 582.1 de 2014

EDICTO

Don Pedro Rafael Medina Medina, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 1 de Huelva.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 582 de 2014, a instancias de la parte actora don Roberto Andrés Rearte, contra “A Nonna Muzzarella, Sociedad Limitada”, sobre pieza de ejecución de título judicial, se han dictado resoluciones de fecha 8 de febrero de 2016 del tenor literal siguiente:

Auto

En Huelva, a 8 de febrero de 2016.—Dada cuenta; y

Parte dispositiva:

Se despacha ejecución a instancias de don Roberto Andrés Rearte, frente a “A Nonna Muzzarella, Sociedad Limitada”, en cantidad suficiente a cubrir la suma de 2.779,26 euros en concepto de principal, más la de 300 euros calculados para intereses, costas y gastos.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de reposición, sin perjuicio del derecho de la ejecutada a oponerse a lo resuelto en la forma y plazo a que se refiere el fundamento cuarto de esta resolución, y sin perjuicio de su efectividad.

Así por este auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima señora doña María del Mar Centeno Begara, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 1 de Huelva.—Doy fe.

Decreto

Letrado de la Administración de Justicia, don Pedro Rafael Medina Medina.—En Huelva, a 8 de febrero de 2016.

Parte dispositiva:

En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo el embargo de los saldos de las cuentas corrientes y otros a favor de la ejecutada “A Nonna Muzzarella, Sociedad Limitada”, telemáticamente a través del Punto Neutro Judicial.

Y requerir a la ejecutada “A Nonna Muzzarella, Sociedad Limitada”, a fin de que en el plazo de diez días manifieste relacionadamente bienes y derechos suficientes para cubrir la cuantía de la ejecución, con expresión, en su caso, de las cargas y gravámenes, así como en el caso de inmuebles, si están ocupados, por qué personas y con qué título, bajo apercibimiento de que, en caso de no verificarlo, podrá ser sancionada, cuando menos, por desobediencia grave en caso de que no presente la relación de sus bienes, incluya en ella bienes que no sean suyos, excluya bienes propios susceptibles de embargo o no desvele las cargas y gravámenes que sobre ellos pesaren, y podrán imponérsele también multas coercitivas periódicas.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: podrá interponerse recurso directo de revisión ante quien dicta esta resolución, mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación (artículos 188 y 189 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la “Cuenta de consignaciones” de este Juzgado abierta en el “Banco Santander”, debiendo indicar en el campo “Concepto” la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación “Recurso” seguida del código “31 Social-Revisión”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase, indicando en el campo “Observaciones” la fecha de la resolución recurrida, utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.

Y para que sirva de notificación a la demandada “A Nonna Muzzarella, Sociedad Limitada”, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.

En Huelva, a 8 de febrero de 2016.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(03/9.483/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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