Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 79

Fecha del Boletín 
04-04-2016

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160404-118

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 17

118
Madrid número 17. Ejecución 81 de 2015

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Paloma Muñiz Carrión, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 17 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 81 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Ana María García Guadalix, frente a “GLR Tours, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa del laudo arbitral, se ha dictado la siguiente resolución:

Parte dispositiva:

Se aprueba la tasación de costas y la liquidación de intereses practicada por las sumas de 43,74 euros para intereses y 302,50 euros para costas, a cuyo pago resulta condenada la parte demandada en las presentes actuaciones.

Firme la presente resolución, líbrese mandamiento de pago a favor de doña Ana María García Guadalix por importe de 43,74 euros en concepto de intereses, y a favor del letrado don Bartolomé Jesús Quesada Valles por importe de 261,76 euros en concepto de costas, poniendo en su conocimiento que según lo dispuesto en el artículo 12 del Real Decreto 467/2006, los mandamientos deben ser presentados a cobro en el plazo de tres meses a contar desde el día siguiente a la fecha de emisión de los mismos y vencido el plazo citado caducarán, procediendo a ingresar la cantidad en la cuenta de “Fondos provisionalmente abandonados”, prevista en el citado Real Decreto.

Requiérase a la demandada para que en el plazo de cinco días proceda a abonar en la cuenta número 2515/0000/64/0081/15 la cantidad restante de 40,74 euros a la que asciende la presente tasación de costas con apercibimiento que en el caso de no hacerlo se procederá por la vía de apremio.

Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banco Santander”, IBAN ES55/0049/3569/92/0005001274, número 2515/0000/64/0081/15.

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “GLR Tours, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 4 de marzo de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/9.539/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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