Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 79

Fecha del Boletín 
04-04-2016

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160404-82

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MÓSTOLES NÚMERO 1

82
Móstoles número 1. Procedimiento ordinario 850 de 2011

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 850 de 2011, entre “Santander Consumer Establecimiento Finaciero de Crédito, Sociedad Anónima”, doña María del Carmen Gómez Molina y don Julio Martínez Sánchez, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia

En Móstoles, a 19 de noviembre de 2014.—Doña Ana Mercedes Merino Melara, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 1 de Móstoles, habiendo visto los presentes autos de juicio ordinario número 850 de 2011, sobre reclamación de cantidad, seguidos a instancias de la entidad “Santander Consumer, Establecimiento Finaciero de Crédito, Sociedad Anónima”, representada por el procurador señor Chippirrás Sánchez y bajo la dirección letrada de la señora Barrera Amann, contra don Julio Martínez Sánchez, en situación de rebeldía procesal, y doña María del Carmen Gómez Molina, representada por la procuradora señora Porras Mena y bajo la dirección letrada del señor Roces Vigil.

Fallo

Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por el procurador señor Chippirrás Sánchez, en nombre y representación de la entidad “Santander Consumer, Establecimiento Finaciero de Crédito, Sociedad Anónima”, debo condenar y condeno a los demandados don Julio Martínez Sánchez y doña María del Carmen Gómez Molina a que abonen solidariamente a la parte actora la cantidad de 18.786,34 euros. Dicha suma devengará el interés de mora procesal desde la fecha de la sentencia de primera instancia hasta su completo pago. Respecto a las costas cada parte abonará las causadas a su instancia y las comunes por mitad.

Que debo desestimar y desestimo íntegramente la demanda reconvencional interpuesta por la procuradora señora Porras Mena, en nombre y representación de doña María del Carmen Gómez Molina, absolviendo a la parte actora-reconvenida de los pedimentos contenidos en la misma, con condena de las costas causadas a la parte demandada-reconviniente.

Contra la presente sentencia cabe recurso de apelación, ante la Audiencia Provincial de Madrid, en el plazo de veinte días, de conformidad con el artículo 458 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Y para que sirva de notificación a don Julio Martínez Sánchez expido y firmo la presente en Móstoles, a 23 de febrero de 2016.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(03/9.565/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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