Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 79

Fecha del Boletín 
04-04-2016

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160404-70

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 39

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Madrid número 39. Procedimiento ordinario 981 de 2014

EDICTO

Don Luis Miguel Nieto García, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 39.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 981 de 2014, instados por procurador, don Francisco Javier Cereceda Fernández-Oruña, en nombre y representación de doña María del Pilar Soriano Pascual y don Alfonso García-Vaquero García, contra doña Josefina Villamañán González, doña María Concepción Paredes Camargo, don José Fernando Ruiz Villamañán y “Autoescuela Orly, Sociedad Limitada”, en los que se ha dictado en fecha 3 de noviembre de 2015 sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Sentencia número 243 de 2015

En Madrid, a 3 de noviembre de 2015.—Vistos por doña Lourdes Menéndez González-Palenzuela, magistrada titular del Juzgado de primera instancia número 39 de esta ciudad, los autos de juicio ordinario número 981 de 2014, seguidos a instancias de don Alfonso García-Vaquero García y doña María Pilar Soriano Pascual, contra “Autoescuela Orly, Sociedad Limitada”, en situación procesal de rebeldía, y contra doña Josefina Villamañán González, don José Fernando Ruiz Villamañán y doña María Concepción Paredes Camargo, quienes han actuado con la representación y defensa citadas en el encabezamiento de esta resolución, sobre reclamación de cantidad.

Fallo

1. Por la renuncia de don Alfonso García-Vaquero García y doña María Pilar Soriano Pascual a la acción ejercitada frente a doña María Concepción Paredes Camargo y al derecho en que fundamentaba su pretensión, absuelvo a dicha demandada de todas las pretensiones contenidas en la demanda rectora de las presentes actuaciones, declarando de oficio sus costas.

2. Estimo la demanda formulada por don Alfonso García-Vaquero García y doña María Pilar Soriano Pascual contra “Autoescuela Orly, Sociedad Limitada”, a quien condeno a pagar a los demandantes la suma de 30.627,52 euros más los intereses, en la forma prevista en el fundamento de derecho tercero de la presente resolución.

3. Condeno a “Autoescuela Orly, Sociedad Limitada”, al pago de las costas de la parte actora.

Notifíquese la presente resolución a las partes en la forma legal, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, que se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente a la notificación. Para la presentación de dicho recurso es necesaria la constitución de depósito en la cuenta de depósitos y consignaciones del Juzgado (cuenta número 2533), de acuerdo con lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial y por el importe previsto en tal norma, lo que deberá ser acreditado a la interposición del recurso.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.—La magistrada-juez de primera instancia (firmado).

En atención al desconocimiento del actual domicilio de la demandada “Autoescuela Orly, Sociedad Limitada”, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición de la interesada en la Secretaría de este tribunal.

En Madrid, a 3 de noviembre de 2015.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/10.603/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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