Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 77

Fecha del Boletín 
01-04-2016

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160401-111

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 13

111
Madrid número 13. Ejecución 54 de 2016

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Isabel Tirado Gutiérrez, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 13 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 54 de 2016 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Eugenia Carmen Jacome Valencia y don Luis Aníbal Calo Amagua, frente a “Limpiezas Besaide 2100, Sociedad Limitada”, sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado la siguiente resolución:

Auto

En Madrid, a 25 de febrero de 2016.

Parte dispositiva:

Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante don Luis Aníbal Calo Amagua y doña Eugenia Carmen Jacome Valencia, frente a la demandada “Limpiezas Besaide 2100, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por un principal de 9.472,6 euros, más 473,63 euros de intereses más 947,26 euros de costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución podrá deducirse oposición en los términos previstos en el artículo 239.4 de la Ley de la Jurisdicción Social, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario del régimen de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banco Santander”, número 2511-0000-64-0054-16.

Así por este su auto lo acuerda, manda y firma el ilustrísimo magistrado-juez de lo social don Ángel Juan Alonso Boggiero.

Diligencia de liquidación de intereses por mora:

Cálculo realizado en virtud de la sentencia de 16 de junio de 2014 del Tribunal Supremo.

En Madrid, a 26 de febrero de 2016.—Practicada por la letrada de la Administración de Justicia en los autos de juicio número 508 de 2014, ejecución número 56 de 2016, según sentencia estimatoria de la demanda de 4 de noviembre de 2015, por la que resulta condenada al pago de los mismos “Limpiezas Besaide 2100, Sociedad Limitada”, en la cuantía de 4.421,54 euros, a favor de don Luis Aníbal Calo Amagua, y la cuantía de 3.800,82 euros, a favor de doña Eugenia Carmen Jacome Valencia, siendo el interés de mora el 10 por 100 anual, según sentencia y habiéndose presentado la papeleta ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación el día 28 de abril de 2014, procede al cálculo de la siguiente manera:

A favor de don Luis Aníbal Calo Amagua:

4.421,54 euros ´ 10 por 100 ´ 555 días : 365 días = 672,31 euros.

A favor de doña Eugenia Carmen Jacome Valencia:

3.800,82 euros ´ 10 por 100 ´ 555 días : 365 días = 577,93 euros.

Importa la presente liquidación de intereses la cuantía total de 1.250,24 euros.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución podrá deducirse oposición en los términos previstos en el artículo 239.4 de la Ley de la Jurisdicción Social, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario del régimen de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banco Santander”, número 2511-0000-64-0054-16.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

Decreto

En Madrid, a 25 de febrero de 2016.

Parte dispositiva:

En orden a dar efectividad a la orden general de ejecución, acuerdo:

Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social, ingresar la cantidad de 25 euros, dicho depósito habrá de realizarse mediante el ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banco Santander”, IBAN ES55-0049-3569-9200-0500-1274, número 2511-0000-64-0054-16.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.—La letrada de la Administración de Justicia, María Isabel Tirado Gutiérrez.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Limpiezas Besaide 2100, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 25 de febrero de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/9.321/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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