Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 75

Fecha del Boletín 
30-03-2016

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160330-84

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 35

84
Madrid número 35. Juicio de faltas 1.053 de 2014

EDICTO

Doña Amalia Jiménez Redondo, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de instrucción número 35 de Madrid.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 1.053 de 2014 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y fallo dice:

En Madrid, a 14 de octubre de 2014.—Vistos por mí, doña Gemma Gallego Sánchez, magistrada-juez del Juzgado de instrucción número 35 de Madrid, los presentes autos de juicio de faltas número 1.053 de 2014, en los que han sido partes: el ministerio fiscal, y como implicadas, doña Belén Godino Rodríguez, doña Juana Torres Fuentes y doña Tania Navarro Fuentes, en virtud de las facultades que me han sido dadas por la Constitución y en nombre del Rey dicto la siguiente sentencia:

Fallo

Que debo condenar y condeno a doña Juana Torres Fuentes y doña Tania Navarro Fuentes, como autoras responsables de una falta de hurto, en grado de tentativa, a la pena de multa por tiempo de cuarenta días, con una cuota diaria de 8 euros, quedando sujetas a la responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, así como a que abonen las costas del juicio.

La presente resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación, en ambos efectos, en este Juzgado para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid en el plazo de cinco días desde su notificación.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a doña Tania Navarro Fuentes, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente.

En Madrid, a 26 de febrero de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/8.956/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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