Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 75

Fecha del Boletín 
30-03-2016

Sección 4.50.1.4: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160330-71

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

71
Madrid. Sala de lo Social. Sección Quinta. Procedimiento 1.660 de 2013

SALA DE LO SOCIAL

Sección Quinta

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Isabel Ballesteros Gonzalo, letrada de la Administración de Justicia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (Sección Quinta de la Sala de lo social).

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.660 de 2013 (casación para la unificación de doctrina número 87 de 2014) de esta Sección de lo social, seguido a instancias de don Jorge Jurado Ramírez, don Ramón Collado Guisado y don Pedro José Guijarro Estival, frente a “Grúas y Transportes Sierra, Sociedad Anónima”, Fondo de Garantía Salarial, doña Amalia Fernández Doyague (administradora concursal de “Grúas Centro, Sociedad Anónima”), “Grúas Centro, Sociedad Anónima”, “Estación IV, Sociedad Limitada”, “Transportes Juel, Sociedad Limitada”, “Grúas Peninsular, Sociedad Limitada”, y “Hermanos Sierra Navarro, Sociedad Limitada”, sobre recurso de suplicación, se ha dictado la siguiente resolución:

Diligencia de ordenación de la letrada de la Administración de Justicia, doña Ana Ruiz Tejero.—En Madrid, a 17 de diciembre de 2015.

Visto que se han devuelto por la Sala de lo social de la Sección Cuarta del Tribunal Supremo, las actuaciones que en su día remitidas en virtud del recurso de casación para la unificación de doctrina entonces interpuesto, así como la certificación de la resolución dictada por dicho tribunal, se dispone:

a) Que se cumpla lo que se ordena en dicha resolución, notificándose, en su caso, a las partes no personadas ante la misma.

b) Que se acuse recibo a la citada Sala Cuarta.

c) Que de conformidad con lo que establece el artículo 201.2 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, se remitan las actuaciones al Juzgado de lo social de origen con certificación de la sentencia dictada por esta Sala y de la resolución de la Sala Cuarta del Tribunal Supremo.

d) Que una vez consten recibidos los acuses de recibo del Juzgado y de la notificación a las partes de esta diligencia, se archive el rollo de suplicación dejando la debida nota en los libros de esta Sala.

Notifíquese a las partes.

Modo de impugnación: contra la presente resolución cabe interponer recurso de reposición ante la letrada de la Administración de Justicia, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de cinco días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículos 186 y 187 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social).

Lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de esta Sección, salvo las que revistan la forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Grúas y Transportes Sierra, Sociedad Anónima”, “Estación IV, Sociedad Limitada”, “Grúas Peninsular, Sociedad Limitada”, doña Amalia Fernández Doyague (administradora concursal de “Grúas Centro, Sociedad Anónima”), “Grúas Centro, Sociedad Anónima”, y “Hermanos Sierra Navarro, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 1 de marzo de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/8.906/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.1.4: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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