Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 75

Fecha del Boletín 
30-03-2016

Sección 4.135.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160330-94

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO MERCANTIL DE MADRID NÚMERO 6

94
Madrid número 6. Procedimiento ordinario 1.020 de 2014

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario entre “Aplicación de Pinturas Industriales, Sociedad Anónima”, contra don Francisco López Yáñez, en reclamación de cantidad, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 492 de 2015

Madrid, a 30 de noviembre de 2015.

Fallo

Estimando la demanda interpuesta por la mercantil “Aplicación de Pinturas Industriales, Sociedad Anónima”, siendo demandado don Francisco López Yáñez, como administrador único de “Mecanizados Santos, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a este último al pago a la actora de la cantidad de 11.436,51 euros. Cantidad que devengará el interés legal del dinero desde la fecha de 24 de octubre de 2012 hasta su completo pago, interés que se incrementará en 2 puntos porcentuales desde la fecha de esta sentencia. Todo ello con imposición de las costas causadas a la parte demandada.

Notifíquese la presente sentencia a las partes haciéndoles saber que, contra la misma, cabe interponer recurso de apelación ante este Juzgado en el plazo de veinte días para su ulterior resolución por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid.

Así por esta mi sentencia, que pronuncio, mando y firmo en el día de su fecha, de la cual se dejará testimonio en los autos de su razón, llevándose su original al libro correspondiente, y ejecutoriándose, en su caso, en nombre Su Majestad el Rey.

Y para que sirva de notificación a don Francisco López Yáñez, con documento nacional de identidad número 50915066-N, expido y firmo la presente en Madrid, a 1 de diciembre de 2015.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/9.637/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.135.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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