Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 74

Fecha del Boletín 
29-03-2016

Sección 1.3.95.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160329-8

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE TRANSPORTES, VIVIENDA E INFRAESTRUCTURAS

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ORDEN de 18 de marzo de 2016, del Consejero de Transportes, Vivienda e Infraestructuras, por la que se modifica la Orden de 20 de julio de 2015, de delegación del ejercicio de determinadas competencias en diversos órganos de la Consejería.

Mediante Orden del Consejero de Transportes, Vivienda e Infraestructuras, de 20 de julio de 2015, al amparo de lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se delegaron competencias en diversos órganos de la Consejería.

En concreto, en el apartado dispositivo tercero, punto 1, de la citada Orden se delega en las Direcciones Generales de la Consejería la siguiente competencia “la ordenación y aprobación de la totalidad de los gastos de los programas presupuestarios de los que son responsables no reservados al Consejo de Gobierno, con excepción de las competencias atribuidas a la Secretaría General Técnica. Cuando se trate de gastos menores de los capítulos 2 y 6 superiores a 5.000 euros, IVA incluido, se exigirá la previa conformidad del Viceconsejero de Transportes, Vivienda e Infraestructuras”.

Por razones de eficacia se ha estimado oportuno modificar este apartado suprimiéndose el requisito de la previa conformidad del Viceconsejero de Transportes, Vivienda e Infraestructuras.

En su virtud,

DISPONGO

Primero

Modificar el apartado tercero, punto 1, de la Orden de 20 de julio de 2015, que queda redactado como sigue:

“1. La ordenación y aprobación de la totalidad de los gastos de los programas presupuestarios de los que son responsables no reservados al Consejo de Gobierno, con excepción de las competencias atribuidas a la Secretaria General Técnica”.

Segundo

La presente Orden producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 18 de marzo de 2016.

El Consejero de Transportes, Vivienda e Infraestructuras, PEDRO MANUEL ROLLÁN OJEDA

(03/10.564/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.95.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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