Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 74

Fecha del Boletín 
29-03-2016

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160329-34

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

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Majadahonda. Organización y funcionamiento. Mesa de Contratación

El alcalde-presidente del Ayuntamiento de Majadahonda, mediante decreto 457/2016, de 9 de marzo, procedió a la constitución de una Mesa de Contratación permanente para asistir al órgano de contratación cuando este sea el alcalde o la Junta de Gobierno Local cuando actúe por delegación del mismo y para todos los contratos, cualquiera que sea su procedimiento de adjudicación.

Asimismo, designó con carácter permanente a los siguientes miembros de la Mesa de Contratación:

— Presidente: el jefe de servicio de Contratación y Patrimonio.

Presidente suplente primero: la directora técnica de Régimen Interior, Calidad, Organización y Servicios Jurídicos.

— Presidente suplente segundo: el técnico de la Administración General del Servicio de Contratación y Patrimonio.

— Vocales: el secretario general o quien legalmente le sustituya y el interventor municipal o quien legalmente le sustituya.

— Secretario: técnico de Administración General o técnico de Gestión de Secretaría General.

Asistirán a la mesa, con voz y sin voto, en calidad de asesores, los técnicos del servicio que propone la contratación.

Igualmente determinó la derogación de todos los actos y acuerdos que se opongan o contradigan lo establecido en la presente resolución.

Lo que se hace público para general conocimiento, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 21.4 del Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.

Majadahonda, a 15 de marzo de 2016.—El alcalde, Narciso de Foxá Alfaro.

(03/9.965/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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