Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 71

Fecha del Boletín 
24-03-2016

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160324-36

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE SANTA CRUZ DE TENERIFE NÚMERO 2

36
Santa Cruz de Tenerife número 2. Procedimiento 307 de 2015

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Marta Ovelleiro Medina, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 2 de Santa Cruz de Tenerife.

Hago saber: Que en el procedimiento número 307 de 2015, en materia de despido disciplinario, a instancias de don Antonio Gaeta Fioretti, contra Fondo de Garantía Salarial y “Bursan Sistemas Servicios de Control, Sociedad Limitada Unipersonal”, se han dictado auto con fecha 24 de febrero de 2016 y decreto de fecha 25 de febrero de 2016, cuyas partes dispositivas son del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

Se acuerda ordenar y se despacha la ejecución a instancias de don Antonio Gaeta Fioretti, contra Fondo de Garantía Salarial y “Bursan Sistemas Servicios de Control, Sociedad Limitada Unipersonal”, por un principal de 34.286,67 euros, más 5.485,86 euros de intereses y costas provisionales.

Se autoriza solicitar información patrimonial de la ejecutada a la Administración Tributaria.

Modo de impugnación: recurso de reposición en el plazo de tres días, ante este órgano, expresando la infracción en que la resolución hubiera incurrido, en el que podrá deducir oposición a la ejecución aduciendo pago o cumplimiento, prescripción u otros hechos impeditivos, extintivos o excluyentes de responsabilidad (artículo 239.4 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social).

Parte dispositiva:

Se dicta orden general de ejecución y se despacha la misma contra “Bursan Sistemas Servicios de Control, Sociedad Limitada Unipersonal”, y Fondo de Garantía Salarial en cantidad suficiente a cubrir la suma de 34.286,67 euros de principal, más 5.485,86 euros que se presupuestan para intereses y costas de esta ejecución, sin perjuicio de ulterior liquidación.

Procédase sin previo requerimiento de pago al embargo de bienes y derechos de la entidad ejecutada “Bursan Sistemas Servicios de Control, Sociedad Limitada Unipersonal”, en cantidad suficiente para cubrir dichas sumas.

Y a tal efecto, recábese información, a través del Punto Neutro Judicial, de las bases de datos de las entidades y organismos a que este Juzgado tiene acceso y que deban tener constancia de bienes o derechos susceptibles de embargo, procediéndose desde ahora sobre los más realizables que resulten de la consulta, guardándose el orden fijado en la Ley y librándose los despachos que resulten necesarios para la anotación del embargo y las retenciones dinerarias que procedan.

Hágase saber a la deudora que puede evitar el embargo si efectúa el pago de las cantidades reclamadas ingresándolas en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que este Juzgado tiene abierta en la entidad “Banco Santander”, si es por transferencia al número de cuenta IBAN ES55/0049/3569/92/0005001274, incluyendo en el apartado de “Observaciones” el número de cuenta del Juzgado 3795/0000/64/0307/15, ejecución de títulos judiciales número 307 de 2015.

Notifíquese la presente resolución al Fondo de Garantía Salarial, “Bursan Sistemas Servicios de Control, Sociedad Limitada Unipersonal”, y don Antonio Gaeta Fioretti.

Modo de impugnación: contra esta resolución cabe interponer recurso de revisión en el plazo de tres días, ante este Juzgado, expresando la infracción en que la resolución hubiera incurrido.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Bursan Sistemas Servicios de Control, Sociedad Limitada Unipersonal”, en ignorado paradero, expido la presente para publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en Santa Cruz de Tenerife, a 25 de febrero de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/8.482/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160324-36