Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 66

Fecha del Boletín 
18-03-2016

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160318-163

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE LLEIDA NÚMERO 1

163
Lleida número 1. Procedimiento 148 de 2016

CÉDULA DE CITACIÓN

Por la presente cédula de citación dictada en méritos de resolución de 1 de marzo de 2016, en autos instruidos por este Juzgado de lo social a instancias de doña Elisabet Minga Camprobi, contra “Cymar Gestión Hotelera, Sociedad Limitada”, en reclamación de demandas, seguido con el número 148 de 2016, se cita a la mencionada empresa “Cymar Gestión Hotelera, Sociedad Limitada”, de ignorado paradero, para que comparezca ante la Sala de audiencias de este organismo, sito en esta ciudad, el día 18 de marzo de 2016, a las diez cuarenta y cinco horas, para celebrar el oportuno acto de conciliación, significándole que, caso de no existir avenencia en tal acto, el juicio en única convocatoria se celebrará a continuación y al que concurrirá con los medios de prueba de que intente valerse, advirtiéndole de que no se suspenderá el juicio por falta de asistencia de la demandada, debidamente citada, y de que caso de incomparecencia de la parte demandada, podrá ser tenida por confesa.

Asimismo, se le requiere para que el día del juicio aporte la siguiente documentación:

Contrato de trabajo suscrito con la actora.

Los boletines de cotización y hojas de salario, pero solo del período reclamado.

Lo que se hace público por medio del boletín oficial de la provincia a los efectos pertinentes, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se realizarán en estrados, salvo aquellas que revistan forma de auto o sentencia, de acuerdo con lo establecido en el artículo 59 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.

En Lleida, a 1 de marzo de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/9.156/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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