Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 64

Fecha del Boletín 
16-03-2016

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160316-122

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 10

122
Madrid número 10. Procedimiento 1.224 de 2015

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Ana Belén Requena Navarro, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 10 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.224 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Dolores Arroyo Cano, frente a “Interserve Centro Especial de Empleo, Sociedad Limitada”, “Interserve Facilities Services, Sociedad Anónima”, “Tilbury Ibérica, Sociedad Anónima”, y “Translimp Contract Services, Sociedad Anónima”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Decreto

En Madrid, a 18 de febrero de 2016.

Parte dispositiva:

Se aprueba la conciliación obtenida por las partes, en fecha de hoy, en los términos siguientes:

Con carácter previo la parte actora manifieste que desiste de la acción de nulidad y, asimismo, desiste de las empresas codemandadas “Translimp Contract Services, Sociedad Anónima”, “Interserve Centro Especial de Empleo, Sociedad Limitada”, y “Tilbury Ibérica, Sociedad Anónima”.

La empresa reconoce la improcedencia del despido con fecha de efectos 8 de octubre de 2015 y ofrece en concepto de indemnización la cantidad total de 10.770 euros netos, de los cuales 6.270 euros ya ha percibido con anterioridad y el resto por 4.500 euros se abonarán en el plazo de cuarenta y ocho horas mediante transferencia bancaria en el número de cuenta IBAN ES92/2038/1531/33/3000429090.

La trabajadora acepta y manifiesta que con el percibo de la anterior cantidad quedará por saldada y finiquitada de su relación laboral no teniendo nada más que reclamar por concepto alguno.

Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banco Santander”, IBAN ES55/0049/3569/92/0005001274, número 2508/0000/61/1224/15.

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Tilbury Ibérica, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 18 de febrero de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/7.196/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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