Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 63

Fecha del Boletín 
15-03-2016

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160315-119

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 11

119
Madrid número 11. Procedimiento 1.186 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Encarnación Gutiérrez Guío, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 11 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.186 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Francisco Rivas Valdivia, frente a “Aluminios Torremolinos, Sociedad Limitada”, y “Cristalería Torremolinos, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:

Diligencia.—En Madrid, a 17 de febrero de 2016.

La extiendo yo, la letrada de la Administración de Justicia, para hacer constar que con fecha 16 de febrero de 2016 se reciben en este Juzgado de lo social los presentes autos devueltos por la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid junto con testimonio de la resolución recaída y de su firmeza.—Doy fe.

Diligencia de ordenación de la letrada de la Administración de Justicia, doña Encarnación Gutiérrez Guío.—En Madrid, a 17 de febrero de 2016.

Por recibidos los presentes autos procedentes de la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia, con testimonio de la resolución recaída, acúsese recibo y póngase en conocimiento de las partes la llegada de las actuaciones.

Estese al fallo de la sentencia dictada, y decretada la insolvencia en la pieza de ejecución provisional número 88 de 2015 respecto de la mercantil “Cristalería Torremolinos, Sociedad Limitada”, y conforme en dicha resolución se acuerda, extiéndase y hágase entrega a la parte actora de los testimonios de las resoluciones que vienen interesadas para iniciar, en su caso, el oportuno expediente ante el Fondo de Garantía Salarial.

Remítase oficio al Registro Mercantil Central a fin de que proceda a la anotación de la insolvencia decretada.

Cumplido lo anterior, archívense las actuaciones una vez firme esta resolución.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Aluminios Torremolinos, Sociedad Limitada”, y “Cristalería Torremolinos, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID .

En Madrid, a 17 de febrero de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/7.078/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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