Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 63

Fecha del Boletín 
15-03-2016

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160315-66

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 14

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Madrid número 14. Procedimiento ordinario 1.268 de 2014

EDICTO

Doña Raquel Molina Onteniente, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 14.

Doy fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 1.268 de 2014, instados por el procurador don Íñigo María Muñoz Durán, en nombre y representación de “Fuel Iberia, Sociedad Limitada Unipersonal”, contra “Exmecatrans, Sociedad Limitada”, en los que se ha dictado, en fecha 8 de febrero de 2016, sentencia cuyo fallo es el siguiente:

Sentencia número 25 de 2016

En la Villa de Madrid, a 8 de febrero de 2016.—Doña María José García Juanes, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 14 de los de Madrid; habiendo visto los presentes autos de juicio ordinario número 1.268 de 2014, promovidos a instancias de “Fuel Iberia, Sociedad Limitada Unipersonal”, y en su representación el procurador de los Tribunales don Íñigo Muñoz Durán y asistido del letrado don Ramón Gómez Pérez-Muñoz, contra “Exmecatrans, Sociedad Limitada”, declarada en rebeldía, sobre reclamación de cantidad:

Que, estimando la demanda interpuesta por el procurador don Íñigo Muñoz Duran, en nombre de la entidad “Fuel Iberia, Sociedad Limitada Unipersonal”, contra “Exmecatrans, Sociedad Limitada”:

1. Debo condenar y condeno a esta demandada a que pague a la parte demandante la cantidad de 19.886,71 euros por principal más los intereses correspondientes.

2. Todo ello con imposición de las costas causadas a la parte demandada.

Notifíquese la presente resolución a las partes, con indicación de que contra la misma cabe recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial, a interponer ante este Juzgado en el plazo de veinte días a partir del siguiente a su notificación, teniendo que constituir el depósito correspondiente, en la cuenta de depósitos y consignaciones abierta en este Juzgado.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado “Exmecatrans” y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Madrid, a 8 de febrero de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/8.001/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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