Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 61

Fecha del Boletín 
12-03-2016

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160312-21

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 19

21
Madrid número 19. Ejecución 1.178 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Alfonso Lozano de Benito, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 19 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.178 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Felipe López Moya, frente a “Quality Metal, Sociedad Limitada”, y don José María del Carre Díaz-Gálvez, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Auto

Se acuerda acuerda rectificar el fallo de la sentencia dictada en los presentes autos, quedando el ordinal segundo del fallo con el siguiente tenor:

“Condeno al Fondo de Garantía Salarial y a don José María del Carre Díaz-Gálvez, este en su condición de administrador concursal, a estar y pasar por los pronunciamientos de esta resolución.”

Notifíquese esta resolución a las partes, indicando que contra la misma no cabe recurso, sin perjuicio de lo previsto en los apartados 8 y 9 del artículo 267 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Quality Metal, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 16 de febrero de 2016.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(03/6.821/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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