Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 60

Fecha del Boletín 
11-03-2016

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160311-51

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VILLA DEL PRADO

RÉGIMEN ECONÓMICO

51
Villa del Prado. Régimen económico. Presupuesto general 2016

De conformidad con los artículos 112.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril; 169.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y 127 del texto refundido del régimen local, de 18 de abril de 1986, y habida cuenta que la Corporación, en sesión celebrada el día 16 de febrero de 2016, adoptó acuerdo de aprobación inicial del presupuesto general de esta entidad para el año 2016, que ha resultado definitivo al no haberse presentado reclamación alguna durante el plazo de exposición pública, se hace constar lo siguiente:





Según lo dispuesto en el artículo 171.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer directamente contra el citado presupuesto general recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Villa del Prado, a 8 de marzo de 2016.—La alcaldesa, Belén Rodríguez Palomino.

(03/9.065/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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