Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 60

Fecha del Boletín 
11-03-2016

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160311-76

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 4

76
Madrid número 4. Ejecución 43 de 2016

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Y CITACIÓN A INCIDENTE

Doña María Herrero Barrero, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 4 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 43 de 2016 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Iván Moreda Pérez y don José Manuel Moreda Castro, frente a “Desarrollos de Capital Nap, Sociedad Limitada”, sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado auto y diligencia de ordenación de 19 de febrero de 2016, con los siguientes particulares:

Auto

Madrid, a 19 de febrero de 2016.

Parte dispositiva:

Acuerdo despachar orden general de ejecución del título indicado a favor de ejecutante don José Manuel Moreda Castro y don Iván Moreda Pérez, frente a “Desarrollos de Capital Nap, Sociedad Limitada”, y pasando las actuaciones a la señora letrada de la Administración de Justicia, a fin de que señale fecha para la celebración de oportuno incidente de no readmisión.

Asimismo, acuerdo despachar orden general de ejecución parcial respecto del fallo condenatorio líquido y determinado, relativo al pronunciamiento sobre salarios, por un principal de 2.732,99 euros, de los que 1.111 euros corresponden a don José Manuel Moreda (1.010 euros más 101 euros en concepto de 10 por 100 de mora), y 1.621,99 euros a don Iván Moreda Pérez (1.474,54 euros más 147,45 euros de 10 por 100 en concepto de mora en el pago, más 546,59 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Notifíquese esta resolución a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en los términos previstos en el artículo 239.4 de la Ley de la Jurisdicción Social, debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del Régimen de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado, abierta en la entidad “Banco Santander”, número de cuenta 2502-0000-64-0043-16.

Así, por este su auto, lo acuerda, manda y firma, la ilustrísima señora magistrada-juez, doña María Isabel Saiz Areses.

Diligencia de ordenación de la letrada de la Administración de Justicia, doña María Herrero Barrero.—En Madrid, a 19 de febrero de 2016.

Visto el contenido del anterior auto y los escritos de la parte actora, se tiene por solicitada la ejecución de la obligación de readmitir impuesta, en sentencia de 2 de noviembre de 2015, a la empresa “Desarrollos de Capital Nap, Sociedad Limitada”, en favor de los demandantes don José Manuel Moreda Castro y don Iván Moreda Pérez y, previo a su resolución, se acuerda oír a las partes en comparecencia, que se celebrará en este Juzgado de lo social, sito en la calle Princesa, número 3, planta segunda, 28008, el día 11 de abril de 2016, a las nueve horas, que solo versará sobre la falta de readmisión en debida forma que se ha alegado, a la que deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse en orden a esa cuestión. Cíteselas en legal forma a tal fin, quedando advertidas de que si no acudiese la parte demandante (por sí o debidamente representada), se la tendrá por desistida de su petición, en tanto que si el ausente fuese el empresario (por sí o legalmente representado), el acto se celebrará sin su presencia.

Cítese al Fondo de Garantía Salarial. A la ejecutada, remítase la cédula correspondiente a la citación y notificación de las resoluciones del día de la fecha al nuevo domicilio fiscal que le consta en la información domiciliaria del Punto Neutro Judicial, sito en el paseo de la Castellana, número 175, primero D, de Madrid, actualizado el 9 de febrero de 2016, cuyo resultado se une a las actuaciones. Sin perjuicio de lo anterior, y preventivamente publíquese el anterior auto por medio de edictos así como la presente.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.—La letrada de la Administración de Justicia.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación y citación en legal forma a “Desarrollos de Capital Nap, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 19 de febrero de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/8.159/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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