Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 59

Fecha del Boletín 
10-03-2016

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160310-133

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 34

133
Madrid número 34. Procedimiento 606 de 2015

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Fernando Benítez Benítez, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 34 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 606 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Samuel de Souza Quirino, frente a “Formación Euro Open, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:

Que debo desestimar la demanda interpuesta por don Samuel de Souza Quirino, contra “Formación Euro Open, Sociedad Limitada”, en cuanto a la impugnación del supuesto despido y, a su tenor, previa declaración de inexistencia de despido, debo absolver libremente a la demandada de los pedimentos que se contienen en la súplica del escrito iniciador del procedimiento al respecto.

Y en cuanto a la reclamación de cantidad debo estimar parcialmente la demanda interpuesta y, a su tenor, condenar a la expresada empresa a que abone al trabajador la suma de 4.478,18 euros.

Notifíquese la presente sentencia a las partes, con la advertencia de que no es firme.

Modo de impugnación: se hace saber a las partes que contra esta sentencia cabe interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse, ante este Juzgado, dentro de los cinco días hábiles inmediatos a la notificación de esta resolución, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado, graduado social o representante al hacerle la notificación de aquella de su propósito de entablarlo, o bien por comparecencia o por escrito de las partes, de su abogado, graduado social o de su representante dentro del plazo indicado.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Formación Euro Open, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 5 de febrero de 2016.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(03/6.510/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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