Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 57

Fecha del Boletín 
08-03-2016

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160308-27

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

LICENCIAS

Pleno del Ayuntamiento

Secretaría General

27
Madrid. Licencias. Pleno del Ayuntamiento. Consultorio de cirugía plástica

Acuerdo del Pleno, de 27 de enero de 2016, por el que se aprueba definitivamente, una vez transcurrido el plazo de información pública sin que se hayan formulado alegaciones, el Plan Especial de Control Urbanístico Ambiental de Usos para la implantación de la actividad de consultorio de cirugía plástica, en la planta primera, puerta D, del edificio situado en la calle de Claudio Coello, número 88, promovido por particular. Distrito de Salamanca.

El Pleno del Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 27 de enero de 2016, adoptó el siguiente acuerdo:

“Aprobar definitivamente el Plan Especial de Control Urbanístico-Ambiental de Usos para implantación de la actividad de consultorio de cirugía plástica, en la planta primera, puerta D, del edifico sito en la calle de Claudio Coello, número 88, promovido por particular, una vez evacuados los trámites exigidos en el acuerdo de Aprobación Inicial adoptado por la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de fecha 3 de septiembre de 2015 sin que se hayan presentado alegaciones.

El presente Plan Especial de Control Urbanístico Ambiental de Usos tendrá una vigencia indefinida, a contar desde el día siguiente a la publicación del acuerdo de aprobación definitiva en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo establecido en el artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid”.

Lo que se publica para general conocimiento, en cumplimiento del artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, significando que ha sido remitido con fecha 8 de febrero de 2016, un ejemplar del Plan de Ordenación Urbana aprobado al Registro Administrativo de la Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio, en aplicación de lo previsto en el artículo 65 de la citada Ley 9/2001.

Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8.1, 10.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Todo ello sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime pertinente para la defensa de sus derechos (artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).

Madrid, a 8 de febrero de 2016.—El secretario general del Pleno, Federico Andrés López de la Riva Carrasco.

(03/6.249/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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