Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 56

Fecha del Boletín 
07-03-2016

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160307-53

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE TORREJÓN DE ARDOZ NÚMERO 5

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Torrejón de Ardoz número 5. Procedimiento 41 de 2015

EDICTO

Doña Eva María Yubero Chi, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 5 de Torrejón de Ardoz.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento de familia, guarda, custodia o alimentos de hijos menores no matrimoniales no consensuados número 41 de 2015, instados por el procurador don Norberto Pablo Jerez Fernández, en nombre y representación de doña Camelia Mirela Gherghit, contra don Adrian Ion, en los que se ha dictado en fecha 3 de febrero de 2016 sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Estimo parcialmente la demanda interpuesta por doña Camelia Mirela Gherghit, frente a don Adrian Ion, y establezco las siguientes medidas en relación con el hijo menor de edad común de la pareja, Alexandru Ion:

1. Se atribuye la guarda y custodia de Alexandru Ion a la madre, doña Camelia Mirela Gherghit, siendo compartida la patria potestad.

2. Se establece un régimen de visitas a favor del padre del menor de fines de semana alternos desde las diecisiete horas del viernes hasta las veintiún horas del domingo, con recogida en el colegio y devolución en el domicilio materno, así como la tarde de los miércoles desde la salida del colegio hasta las veinte horas, mitad de las vacaciones de verano y Navidad, y disfrute alternativo por años de las vacaciones de Semana Santa, siempre que el padre resida en la Comunidad de Madrid. Para el caso de que el padre resida fuera de la Comunidad de Madrid, las visitas consistirán en el primer fin de semana del mes desde las diecisiete horas del viernes hasta las veintiún horas del domingo, con el mismo régimen de vacaciones que para el caso de que resida en Madrid.

3. Se establece una pensión de alimentos de 120 euros mensuales a satisfacer por el padre dentro de los cinco primeros días del mes en la cuenta corriente que designe la madre. Dicha pensión estará sujeta a una actualización anual conforme al índice de precios al consumo que cada año publica el Instituto Nacional de Estadística o instituto que lo sustituya, a aplicar desde el primer mes de cada año. Los gastos extraordinarios serán satisfechos por mitad, siempre que medie el común consentimiento de ambos progenitores para su acometida. Y el 50 por 100 de los gastos extraordinarios.

No se hace expresa imposición de costas.

Únese la presente sentencia al libro de sentencias de este Juzgado y dedúzcase testimonio de la misma para su unión a los autos y copias a los efectos de su notificación, expresiva esta última de que contra ella puede interponerse recurso de apelación por escrito, ante este mismo Juzgado, en el plazo de los veinte días siguientes a su notificación y a resolver por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid que será admitido, en ambos efectos, previa consignación judicial del depósito de 50 euros establecido en el artículo 448.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado don Adrian Ion, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Torrejón de Ardoz, a 3 de febrero de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/5.850/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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