Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 54

Fecha del Boletín 
04-03-2016

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160304-60

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE ALCALÁ DE HENARES NÚMERO 6

60
Alcalá de Henares número 6. Procedimiento 659 de 2015

EDICTO

Doña Yolanda Ocaña Villamil, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 6 de Alcalá de Henares.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento de modificación de medidas número 659 de 2015, instados por el procurador don Ubaldo César Boyano Adánez, en nombre y representación de doña Rebeca García Vilella, contra don Israel Carmona Ruiz, en los que se ha dictado en fecha 2 de febrero de 2016 sentencia, cuyo encabezamiento y parte dispositiva son los siguientes:

Sentencia número 54 de 2016

En Alcalá de Henares, a 2 de febrero de 2016.—Vistos por mí, don Adrián Márquez Fernández, magistrado-juez de refuerzo del Juzgado de primera instancia número 6 de esta ciudad y su partido, los presentes autos de modificación de medidas, supuesto contencioso número 659 de 2015, seguidos a instancias de doña Rebeca García Vilella, representada por el procurador de los tribunales señor Boyano Adánez y defendida por el letrado señor Moreno de la Rubia, contra don Israel Carmona Ruiz, que no comparece; con intervención del ministerio fiscal.

Fallo

Desestimo en su totalidad la demanda interpuesta por el procurador de los tribunales señor Boyano Adánez, en nombre y representación de doña Rebeca García Vilella, manteniendo todos los pronunciamientos adoptados por la sentencia de divorcio de fecha 18 de febrero de 2014 dictada por el Juzgado de primera instancia número 6 de Alcalá de Henares en el procedimiento de divorcio de mutuo acuerdo número 1.012 de 2013 aprobando el convenio regulador propuesto por las partes, medidas que seguirán en vigor.

No se hace especial imposición de las costas causadas en el presente juicio.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoseles saber que la misma no es firme y que contra ella cabe interponer recurso de apelación por escrito, ante este Juzgado, en el plazo de los veinte días siguientes al de su notificación y del que conocería la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

Y para que sirva de notificación a don Israel Carmona Ruiz, y acordada la notificación por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido y firmo la presente en Alcalá de Henares, a 2 de febrero de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/5.511/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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