Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 51

Fecha del Boletín 
01-03-2016

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160301-80

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14

80
Madrid número 14. Procedimiento ordinario 1.212 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Ángeles Charriel Ardebol, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 14 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.212 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Luis Estacio Sierra, frente a “Overseas de Infraestructuras y Servicios, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre procedimiento ordinario, se han dictado las siguientes resoluciones:

Sentencia número 500 de 2015

En nombre de Su Majestad El Rey.—En Madrid, a 18 de noviembre de 2015.

Vistos por mí, doña Catalina Pérez Noriega, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 14 de Madrid, los presentes autos derivados de demanda en materia de reclamación de cantidad registrados bajo el número 1.212 de 2014, promovidos a instancias de don Luis Estacio Sierra, defendido por el letrado don Enrique Robles Blanco, contra “Overseas de Infraestructuras y Servicios, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, que citados no comparecen.

Fallo

Que estimando la demanda formulada por don Manuel Rodríguez Martos, contra don José Antonio Tejedor Sánchez, debo condenar y condeno al demandado a abonar al actor la cantidad de 8.114,04 euros, incrementada en el interés del 10 por 100 por mora en el pago.

Declaro la responsabilidad subsidiaria del Fondo de Garantía Salarial, que abonará la cantidad objeto de condena hasta el límite legalmente establecido sin hacer extensiva la declaración de mora a dicho organismo legal.

Notifíquese la presente resolución a las partes personadas, haciéndoles saber que contra esta sentencia no cabe recurso de suplicación.

Auto

En Madrid, a 13 de enero de 2016.

Hechos:

Primero.—En este Juzgado se dictó el pasado día 18 de noviembre de 2015 sentencia del tenor que obra en los autos.

Segundo.—La parte actora solicitó rectificación de la sentencia.

Parte dispositiva:

Se rectifica la sentencia de fecha 18 de noviembre de 2015 en el sentido de indicar que en el fallo de la misma dice: “Manuel Rodríguez Martos”; debe decir: “Luis Estacio Sierra”; y donde dice: “José Antonio Tejedor Sánchez; debe decir: “Overseas de Infraestructuras y Servicios, Sociedad Limitada”.

Notifíquese esta resolución a las partes, indicando que contra esta resolución no cabe recurso, sin perjuicio de lo establecido en los apartados 8 y 9 del artículo 267 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Así lo acuerda, manda y firma doña Catalina Pérez Noriega, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 14 de Madrid.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Overseas de Infraestructuras y Servicios, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 3 de febrero de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/5.267/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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