Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 51

Fecha del Boletín 
01-03-2016

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160301-20

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Fuenlabrada. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

BDNS. 301510.—Acuerdo de Junta de Gobierno Local, de 12 de febrero de 2016 (punto 11), por la que se convocan las subvenciones para el programa “Pintamos la escuela”, correspondientes al año 2016.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

Primero. Beneficiarios.—Subvenciones destinadas a centros educativos ubicados en el municipio de Fuenlabrada, concretamente:

— 7 Escuelas Infantiles Públicas (gestionadas por cooperativas o entidades de enseñanza).

— 36 Centros públicos de Educación Infantil y Primaria.

— 2 Centros de Educación Especial.

— 1 Centro de Educación Permanente de Adultos.

Segundo. Objeto.—Estas ayudas están destinadas a financiar los gastos de pintura de espacios y elementos exteriores e interiores en inmuebles de centros educativos de titularidad municipal para mejorar su estado. Dichos trabajos podrán realizarse desde la concesión definitiva hasta el 30 de septiembre de 2016.

Tercero. Bases reguladoras.—La ordenanza reguladora de subvenciones del Ayuntamiento de Fuenlabrada se encuentra publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de marzo de 2005, así como en la página web municipal.

Cuarto. Importe.—El importe asignado a estas ayudas es de 127.500,00 euros en la partida presupuestaria 4011/326/48900. El importe asignado a cada centro se corresponde con el siguiente detalle:

— Escuelas Infantiles Municipales: hasta un máximo de 1.500,00 euros (IVA incluido).

— Centro de Educación Permanente de Adultos: hasta un máximo de 3.000,00 euros (IVA incluido).

— Centros de Educación Especial: hasta un máximo de 3.000,00 euros (IVA incluido).

— Centros Públicos de Educación Infantil y Primaria: hasta un máximo de 3.000,00 euros (IVA incluido).

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo de presentación de solicitudes será de quince días desde la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Sexto. Otros datos.—Para concurrir a estas ayudas se deberá presentar el impreso de solicitud correspondiente acompañado de la documentación necesaria (artículo 5) en el Registro General del Ayuntamiento de Fuenlabrada.

Se procederá al pago anticipado, una vez concedida la subvención de forma definitiva.

Se deberán justificar los fondos recibidos con anterioridad al 30 de octubre de 2016.

Fuenlabrada, a 12 de febrero de 2016.—El alcalde-presidente (firmado).

(03/6.902/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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