Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 48

Fecha del Boletín 
26-02-2016

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160226-85

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 85

85
Madrid número 85. Procedimiento 477 de 2015

EDICTO

Doña María Gracia Fernández Morán, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 85.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de divorcio contencioso número 477 de 2015, instados por la procuradora doña Ana García Orcajo, en nombre y representación de doña Yolanda Gil Pacheco, contra don Héctor Correa Rodríguez, en los que ha recaído sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

La ilustrísima señora doña María Serantes Gómez, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 85 de Madrid y su partido, habiendo visto los presentes autos de divorcio contencioso número 477 de 2014, seguidos ante este Juzgado entre partes: de una, como demandante, doña Yolanda Gil Pacheco, con procuradora doña Ana María García Orcajo, y de otra, como demandada, don Héctor Correa Rodríguez, en situación procesal de rebeldía.

Fallo

Que estimando la demanda presentada por la procuradora doña Ana María García Orcajo, en nombre y representación de doña Yolanda Gil Pacheco, frente a don Héctor Correa Rodríguez, en situación procesal de rebeldía, debo declarar y declaro la disolución por divorcio del matrimonio formado por los cónyuges doña Yolanda Gil Pacheco y don Héctor Correa Rodríguez, celebrado el día 20 de marzo de 2010 en Aranjuez (Madrid), con los efectos legales inherentes a tal situación.

Y para que sirva de notificación en forma al demandado don Héctor Correa Rodríguez, expido el presente.

En Madrid, a 21 de enero de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/5.628/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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