Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 47

Fecha del Boletín 
25-02-2016

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160225-23

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALPEDRETE

RÉGIMEN ECONÓMICO

23
Alpedrete. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

BDNS (Identif.): 301365.—De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria para la concesión de ayudas para colaborar con los gastos de vivienda habitual, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Beneficiarios.—Unidades familiares de convivencia empadronadas en el municipio de Alpedrete que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 4 de la convocatoria.

Segundo. Objeto.—Colaborar con los gastos de vivienda habitual de las personas empadronadas en Alpedrete.

Tercero. Bases reguladoras.—http://www.alpedrete.es/fileadmin/DOCUMENTOS_ DPF/Hacienda/Ordenanzas/2.pdf

Cuarto. Texto de la convocatoria.— https://carpeta.alpedrete.es/GDCarpetaCiudadano/ welcome.do

Quinta. Cuantía.—Se crea un fondo dotado con 40.000,00 euros.

Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.—Treinta días naturales a contar desde el siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Séptimo. Gastos subvencionables.—Son gastos subvencionables el suministro eléctrico, gas, abastecimiento de agua, alquiler y cualquier otro de carácter periódico e ineludible para el uso de la vivienda habitual.

Octavo. Documentación justificativa de gastos de la vivienda.—Recibos acreditativos de gastos elegibles realizados en los últimos seis meses.

Alpedrete, a 22 de febrero de 2016.—El alcalde, Carlos García-Gelabert Pérez.

(03/6.887/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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