Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 46

Fecha del Boletín 
24-02-2016

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160224-30

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE COLMENAR DEL ARROYO

OTROS ANUNCIOS

30
Colmenar del Arroyo. Otros anuncios. Bajas padrón

Habiéndose intentado la notificación a los interesados, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Administración, por medio del presente anuncio se comunica que se va a proceder a tramitar la baja de oficio en el padrón municipal de habitantes de este municipio de las siguientes personas:

Don Borislav Kamenov Zhekov, don Georgi Kamenov Zhekov, don Morad Boussarghin el Youssfi, don Latifa Boussarghin, doña Fátima el Youssfi, don Abdelilah Boussarghin el Youssfi, don Mohamed Boussarghin el Youssfi, don Abdelkader Boussarghin el Youssfi, don Mimoun Boussarghin Massoud, don Yassin el Majjaoui, don Hassan el Allouchi, don Viorel Neagoe, don Roberto de Jesús Chica Ocampo, don Viorica Tudose, doña Olivia Miclea, doña Felicia Luminita Palacean, don Chama el Ghazouane.

Todo ello, de conformidad con los artículos 54 y 72 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales y con el acuerdo adoptado por el Consejo de Empadronamiento de 27 de junio de 2008 para desarrollar un proceso continuo de comprobación de residencia en lo que afecta a los ciudadanos extranjeros comunitarios o con autorización de residencia permanente.

Asimismo, se informa, en caso de que así proceda, de que la baja en el padrón municipal dará lugar también a la baja en el censo electoral del municipio actual, desapareciendo del mismo por no figurar inscrito en ningún otro municipio (LOREG 5/1985, de 19 de junio).

Lo que se pone en conocimiento de los interesados indicados anteriormente, concediéndoles un plazo de quince días, contados a partir del día siguiente de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para dar su conformidad a la baja y comunicar su nuevo domicilio o, en caso contrario, presentar declaración jurada en la que manifieste su deseo de continuar empadronado en ese domicilio. Transcurrido dicho plazo sin efectuar alegación alguna, se procederá a dar de baja por inclusión indebida, previo informe favorable del Consejo de Empadronamiento.

En Colmenar del Arroyo, a 20 de enero de 2016.—La alcaldesa-presidenta, Ana Belén Barbero Martín.

(02/1.845/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160224-30