Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 46

Fecha del Boletín 
24-02-2016

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160224-143

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 22

143
Madrid número 22. Procedimiento 303 de 2015

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María García Ferreira, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 22 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 303 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Camelia Bermejo Cuéllar, doña Concepción Marugal Marugal, doña Rosa María Prior Manzano, doña María Jesús Sánchez Mencía, doña María del Mar Castillo Aguado, doña Isabel Genoveva Clerque Márquez, doña Myriam Romero Simbaña, doña María del Carmen de la Muñoza Rueda, doña Silvia Pérez López, doña Francisca Ramallete Nevado y doña Angélica Herrera Domínguez, presentaron demanda que fue repartida a este Juzgado de lo social, contra “Cleanet Empresarial, Sociedad Limitada”, y “Ricewaterhousecoopers Auditores, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, en materia de reclamación de cantidad, se ha dictado decreto de fecha 26 de enero de 2016, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

Se acuerda tener por desistida a la parte actora de la acción ejercitada en este procedimiento y ordenar el archivo de las presentes actuaciones, previa baja en el libro correspondiente.

Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banco Santander”, IBAN ES55/0049/3569/92/0005001274, número 2387/0000/60/0303/15.

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Cleanet Empresarial, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 26 de enero de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/4.189/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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