Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 42

Fecha del Boletín 
19-02-2016

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160219-67

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SAN MARTÍN DE LA VEGA

URBANISMO

67
San Martín de la Vega. Urbanismo. Reparcelación Vega del Pingarón

En cumplimiento de lo dispuesto en la normativa vigente, se hace público que la Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el 12 de noviembre de 2015, acordó considerar que se ha producido la aprobación definitiva del Proyecto de Reparcelación de la Vega del Pingarón, presentado por la Junta de Compensación con fecha 11 de octubre de 2012, con las subsanaciones presentadas por dicha Junta con fecha 14 de agosto de 2013, por silencio administrativo positivo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 88 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, al haber transcurrido más de dos meses desde la presentación de la documentación de subsanación sin haberse notificado por este Ayuntamiento acuerdo de resolución expresa del expediente. La aprobación definitiva ha de entenderse producida con efectos de 15 de octubre de 2013.

El presente acuerdo agota la vía administrativa, por lo que contra el mismo se podrá interponer recurso contencioso administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, si no se optare por la interposición del recurso potestativo de reposición ante la Junta de Gobierno Local en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio.

En este último caso, transcurrido un mes desde la interposición del citado recurso de reposición sin que se haya dictado y notificado resolución expresa del mismo, se podrá entender desestimado e interponer recurso contencioso administrativo en el plazo de seis meses contados, desde el día siguiente a aquel en el que deba entenderse presuntamente desestimado.

San Martín de la Vega, a 18 de enero de 2016.—El alcalde-presidente, Rafael Martínez Pérez.

(02/1.471/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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