Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 42

Fecha del Boletín 
19-02-2016

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160219-297

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE SEVILLA NÚMERO 11

297
Sevilla número 11. Procedimiento 746 de 2013

EDICTO

Doña Cecilia Calvo de Mora Pérez, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 11 de Sevilla.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 746 de 2013, a instancias de la parte actora don Julio Navarro Rodríguez, contra Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, “Muprespa”, “Cambemba, Sociedad Limitada Unipersonal”, “Cocalim, Sociedad Limitada Unipersonal”, “Atlantic Serco, Sociedad Limitada Unipersonal”, y “Celia Limpiezas y Mantenimientos, Sociedad Limitada”, sobre Seguridad Social en materia prestacional, se ha dictado sentencia de fecha 21 de enero de 2016, cuyo fallo es el siguiente:

Que estimando la demanda interpuesta por don Julio Navarro Rodríguez, contra Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, “Muprespa”, “Celia Limpiezas y Mantenimientos, Sociedad Limitada”, “Cocalim, Sociedad Limitada Unipersonal”, “Atlantic Serco, Sociedad Limitada Unipersonal”, y “Cambemba, Sociedad Limitada Unipersonal”, condeno a estas al abono al actor, en forma solidaria, de la suma de 5.094,39 euros, con la obligación de anticipo de la referida cantidad por “Muprespa” y la responsabilidad subsidiaria del Instituto nacional de la Seguridad Social para el caso de insolvencia de la entidad colaboradora, condenando a la Tesorería General de la Seguridad Social a estar y pasar por dicha declaración.

Notifíquese a las partes, con la advertencia que contra la presente resolución cabe recurso de suplicación para ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, a anunciar ante este Juzgado, bastando para ello manifestación de la parte, de su abogado o representante en el momento de hacerle la notificación o ulteriormente en el plazo de cinco días a la misma por comparecencia o por escrito.

También se advierte a las condenadas que si recurren deberán acreditar al anunciar el recurso el ingreso del importe de su condena en la “Cuenta de depósitos y consignaciones”, número 4071/0000/65/0746/13, abierta a nombre de este Juzgado en el “Banco Santander”, oficina 1652, mediante la presentación en la Secretaría del oportuno resguardo, pudiendo sustituirse dicha consignación por aval bancario suficiente que habrá de presentarse junto con el mencionado escrito de anuncio del recurso.

Al anunciar el recurso deberá acreditar, además, el ingreso del depósito de 300 euros en la cuenta citada.

En el caso de que el ingreso se efectúe por transferencia bancaria, deberá realizarse en la cuenta número 0049/3569/92/00050012/74, poniendo en “Concepto” la cuenta del Juzgado con el número 4071 y el número de procedimiento.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación a la demandada “Cambemba, Sociedad Limitada Unipersonal”, “Cocalim, Sociedad Limitada Unipersonal”, “Atlantic Serco, Sociedad Limitada Unipersonal” y “Celia Limpiezas y Mantenimientos, Sociedad Limitada”, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamiento.

En Sevilla, a 22 de enero de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/3.859/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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