Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 42

Fecha del Boletín 
19-02-2016

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160219-210

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 27

210
Madrid número 27. Ejecución 147 de 2015

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Elisa Cordero Díez, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 27 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 147 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Martha Luis Gómez Torres, frente a “Becasi, Comunidad de Bienes”, y “Guadalclean, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa del laudo arbitral, se ha dictado la siguiente resolución:

Parte dispositiva:

A los efectos de las presentes actuaciones, y para el pago de 1.500 euros de principal, 82,50 euros de intereses y 150 euros calculados para costas, se declara la insolvencia provisional total de las ejecutadas “Becasi, Comunidad de Bienes”, y “Guadalclean, Sociedad Limitada”, sin perjuicio de que pudieran encontrárseles nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.

Una vez firme la presente resolución hágase constar en el Registro Mercantil la declaración de insolvencia de las deudoras (artículo 276.5 de la Ley de la Jurisdicción Social). Asimismo, hágase entrega de certificación a la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el Fondo de Garantía Salarial.

Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Becasi, Comunidad de Bienes”, “Guadalclean, Sociedad Limitada”, y doña Martha Luis Gómez Torres, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 22 de enero de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/3.397/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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