Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 42

Fecha del Boletín 
19-02-2016

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160219-183

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24

183
Madrid número 24. Procedimiento 357 de 2015

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Marta Menárguez Salomón, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 24 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 357 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Ramón García Blanco, frente a “Falcon Contratas y Seguridad, Sociedad Anónima”, sobre despidos/ceses, en general se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 23 de 2016

En la villa de Madrid, a 28 de enero de 2016.—El ilustrísimo señor don Fernando Herrada Romero, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 24 de Madrid, ha visto el procedimiento número 357 de 2015, seguido a instancias de don Ramón García Blanco, asistido del abogado don José Félix Pinilla Porlan, contra “Falcon Contratas y Seguridad, Sociedad Anónima”, y contra el Fondo de Garantía Salarial, que no comparecen.

Sobre: acción de despido.

Fallo

Que estimando la demanda deducida por don Ramón García Blanco, contra “Falcon Contratas y Seguridad, Sociedad Anónima”, y contra el Fondo de Garantía Salarial, debo declarar y declaro improcedente el despido del actor y condeno a tal mercantil a que dentro del término de los cinco días siguientes al de la notificación de esta sentencia opte bien:

a) Bien por la readmisión del trabajador en las mismas condiciones que regían antes de producirse el despido, con abono en este caso de los salarios de tramitación (a razón del salario bruto ya referido) devengados hasta la fecha de la notificación de la sentencia y cuyo importe calculado hasta el día de hoy asciende a la suma de 9.037,00 euros.

b) Por que abone al actor la suma de 1.846,13 euros.

Notifíquese la presente resolución a las partes en legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra la misma cabe recurso de suplicación para ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, y que deberá anunciarse ante este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles siguientes a la notificación de esta resolución, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 194 y siguientes de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social, siendo indispensable que el recurrente que no goce del beneficio de justicia gratuita acredite, al anunciar el recurso, haber consignado la cantidad objeto de la condena, que podrá sustituirse por el aseguramiento mediante aval bancario. La consignación deberá efectuarse en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado en la entidad “Banco Santander”, en la cuenta corriente 0049-3569-92-0005001274, y al concepto clave 2522000000035715. Se significa además que todo el que sin tener la condición de trabajador o causahabiente suyo, beneficiario del régimen público de la Seguridad Social o de justicia gratuita, intente interponer recurso de suplicación, deberá efectuar un depósito de 300 euros, que ingresará con independencia a la consignación, en su caso, en la indicada cuenta y concepto, debiendo el recurrente hacer entrega del resguardo acreditativo en la Secretaría del Juzgado, al tiempo de interponer el recurso de suplicación.

Incorpórese esta sentencia al correspondiente libro y expídase certificación literal de la misma para constancia en las actuaciones.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

En la misma fecha fue leída y publicada la anterior resolución por el ilustrísimo señor magistrado que la dictó, celebrando audiencia pública, de lo que yo, la secretaria judicial, doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Falcon Contratas y Seguridad, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 3 de febrero de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/5.238/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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