Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 42

Fecha del Boletín 
19-02-2016

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160219-115

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 5

115
Madrid número 5. Procedimiento 932 de 2015

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José Villagrán Moriana, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 5 de Madrid.

Hago saber: Que, en el procedimiento número 932 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Daniel Pastrana Vicente, frente a Fondo de Garantía Salarial y “Lata Latina, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 40 de 2016

En Nombre del Rey.—En Madrid, a 29 de enero de 2016.

Vistos por la ilustrísima señora doña Angela Mostajo Veiga, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 5 de los de Madrid, los presentes autos sobre despido, siendo partes en los mismos: de una, como demandante, don Daniel Pastrana Vicente, asistido por la letrada doña Laura Sola Moreno, y de otra, como demandada, “Lata Latina, Sociedad Limitada” que no comparece, con citación del Fondo de Garantía Salarial que no comparece.

Fallo

Que, estimando la demanda interpuesta por don Daniel Pastrana Vicente, contra “Lata Latina, Sociedad Limitada”, debo declarar improcedente el despido de la parte actora, condenado a la empresa a que, a su opción, que deberá ejercitar en el plazo de cinco días de forma expresa ante la Secretaría de este Juzgado, la readmita en su mismo puesto de trabajo o la indemnice en la suma de 29.551,08 euros, abonando, en caso de readmisión, los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta notificación de sentencia a razón diaria de 79,76 euros, en el bien entendido de que si se opta por la indemnización en el plazo y forma indicado no se devengarán salarios de tramitación y el vínculo laboral se entenderá extinguido a la fecha de despido. La simple consignación de la indemnización no sustituye a la opción expresa.

Notifíquese la presente resolución a las partes con la advertencia de que no es firme y contra ella cabe formular recurso de suplicación al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando para ello la mera manifestación de parte o de su abogado, o representante al hacerle la notificación de aquella, de su propósito de entablarlo o bien por comparecencia o por escrito de las partes, de su abogado, o su representante dentro del plazo indicado.

Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso haber consignado la cantidad objeto de condena así como el depósito de 300 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones que tiene abierta este Juzgado con el número ES55-0049-3569-92-000500-1274, en el “Banco Santander”, haciendo constar en el ingreso: concepto 2503-0000-00, número de autos (4 cifras), año.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y fimo.

Publicación

Leída y publicada fue la anterior sentencia en el día de su fecha por la ilustrísima señora magistrada-juez, doña Ángela Mostajo Veiga que la suscribe, en la Sala de audiencias de este Juzgado.—Doy fe.

Diligencia.—Seguidamente se notifica la anterior resolución a las partes, por medio del correo certificado con acuse de recibo, conteniendo los sobres remitidos copia de la sentencia dictada y cédula de notificación.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Lata Latina, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 29 de enero de 2016.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/5.243/16)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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