Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 42

Fecha del Boletín 
19-02-2016

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20160219-92

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 82

92
Madrid número 82. Procedimiento ordinario 762 de 2012

EDICTO

En virtud de lo acordado en los autos de procedimiento ordinario 762 de 2012, por no ser conocido el domicilio del demandado don Xie Qin, por resolución de 23 de octubre de 2014, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado la publicación del presente edicto para llevar a efecto la diligencia de notificación de sentencia de fecha 23 de octubre de 2014, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia número 163 de 2014

La magistrada-juez doña Eva Estrella Ramírez García.—En Madrid, a 23 de octubre de 2014.

Fallo

Que debo estimar y estimo la demanda formulada por el procurador señor Argos Linares, en nombre y representación de “Recreativos Pozuelo, Sociedad Limitada”, contra don Xie Qin, declarado en rebeldía, y, en consecuencia, debo declarar y declaro resuelto el contrato suscrito entre las partes, condenando al demandado a pagar a la actora 4.115,07 euros como devolución del precio de exclusiva, y 2.865 euros en concepto de daños y perjuicios, cantidades que devengarán el interés legal, así como al pago de las costas causadas en esta instancia.

Así, por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, la pronuncio, mando y firmo.

Recursos: notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma podrá interponerse recurso de apelación por escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días, debiendo exponer las alegaciones en las que base la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos que impugna.

En Madrid, a 6 de noviembre de 2014.—El secretario judicial (firmado).

(02/7.335/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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